Transporte
Madrid Central: ¿Un residente tiene que registrar su coche otra vez?
No. En principio, desde el consistorio se tiene previsto que el vehículo propiedad de un residente empadronado dentro del perímetro del futuro área de Madrid Central (MC) no tendrá que registrarse de nuevo, ya que la información que obra en la base de datos del Ayuntamiento será extrapolada al sistema informático de gestión de las cámaras lectoras de matrículas. Así, los datos que operan para la obtención de la tarjeta del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) serán válidos para circular por el nuevo área integrada de Madrid Central, ya que a efectos de circulación, desaparecen las actuales Áreas de Prioridad Restringida (APR). No obstante, al estar en fase de implantación la futura normativa y gestión del MC, desde el Ayuntamiento aconsejan informarse más adelante, cuando se haya publicado definitivamente la normativa. Igualmente recuerdan que se ha establecido un periodo «de gracia» informativo de dos meses en los que se informará sin cursar infracción, es decir, sin multar, a los propietarios de los vehículos que circulen por la zona.
Igualmente, recuerdan que un residente podrá registrar hasta tres vehículos que sean de su propiedad y sea mayor de 16 años. También podrá autorizar por cinco años a otros dos vehículos si es mayor de 70 años y a uno más en caso de ser familia numerosa. En cuanto a las autorizaciones temporales para autorizar la entrada de los coches de invitados, se dispondrá de hasta 20 al año.
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