Urbanismo

La ordenanza de terrazas de Madrid, en 10 claves

Entre las novedades, si una terraza comete tres infracciones graves o dos muy graves en un periodo de dos años, perderá su autorización de terraza

Varias personas sentadas en una terraza de Madrid
Varias personas sentadas en una terraza de MadridA. Pérez MecaEuropa Press

El pasado 1 de febrero entró en vigor la modificación de la Ordenazas y Quioscos de Hostelería y Restauración de 2013. Pero, ¿qué cambios incluye? Algunas de las áreas que potencia la nueva ordenanza son las sanciones, que ahora serán más duras, la accesibilidad y la sostenibilidad. Cabe recordar que, desde que comenzó la pandemia, el Ayuntamiento de Madrid adoptó medidas extraordinarias para ayudar a la restauración y facilitar el ocio al aire libre.

En esa línea, se autorizaron más de 2.000 ampliaciones de terrazas en acera y se dio luz verde a nuevas fórmulas que hacían posible su instalación en lugares hasta entonces no explorados como zonas terrizas, espacios interbloque o incluso en bandas de estacionamiento. Ya en ese entonces se fraguaba la modificación de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración de 2013 con el fin de adaptarla a la nueva realidad. Pero hay mucho más, como se desglosa a continuación en 10 ideas principales:

imagen de terrazas de restaurantes en Madrid.
imagen de terrazas de restaurantes en Madrid.Jesús G. FeriaLa Razon

1. Las ampliaciones en zonas saturadas o de protección acústica especial deben desaparecer

Desde el pasado 1 de febrero, todas las ampliaciones de terraza en acera deben desaparecer, recuperando su huella original, es decir, tienen que volver a ocupar el mismo espacio con exacto número de mesas y sillas al que figura en sus autorizaciones precovid. En cuanto a las terrazas en bandas de estacionamiento, se mantendrán durante 2022 y 2023, con horario de cierre hasta medianoche y tendrán que delimitar su espacio de manera visible con barreras o reflectores de alta intensidad. Pero se deberán retirar de inmediato las ubicadas en zonas de protección acústica especial (ZPAE) o aquellas zonas que se declaren saturadas.

2. Los modelos nuevos de terraza, regulados

Se regulan las nuevas formas de terraza que han surgido en la crisis, como las instaladas en edificios en esquina, en zonas terrizas o también el de las terrazas formadas por mesas altas de baja ocupación -con dos taburetes- nunca adosadas a fachada, en línea con el mobiliario siempre y cuando el local no pueda disponer de otro tipo de terraza.

3. Zonas saturadas de ocupación y peatones

La zona saturada es una herramienta jurídica que permitirá actuar con rapidez donde haya problemas de convivencia y descanso vecinal, en base a criterios como son la alta ocupación del espacio disponible para terrazas, el elevado tránsito peatonal -a partir de 33 personas metro/minuto- y otros condicionantes medioambientales como la cercanía de las terrazas con entornos sociosanitarios en un radio de 150. También se tendrá en cuenta la clasificación de áreas acústicas previstas en el anexo I de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y cualquier otra circunstancia que quede acreditada mediante informe del órgano competentes sobre la materia.

Terraza La Latina, Plaza de los Carros
Terraza La Latina, Plaza de los CarrosEnrique CidonchaLa Razón

Así, se considerará una zona saturada cuando se cumpla el requisito de la alta ocupación junto con uno o varios de los otros criterios, y se estimará que existe alta ocupación cuando en aceras con un ancho inferior o igual a seis metros el espacio ocupado por terrazas supere el 33 % de la superficie disponible para su instalación, y cuando en aceras que exceden de los seis metros, así como en plazas y calles peatonales o calles sin salida, se supere el 40 % de la superficie disponible para terrazas. El Portal de Transparencia del Ayuntamiento ha compartido un mapa provisional de zonas saturadas que pasará a ser definitivo en abril.

4. Terrazas más estéticas

Se establecen las bases para implantar una estética homogénea en conjuntos de terrazas de aquellas zonas donde se den circunstancias especiales por su interés paisajístico, histórico, artístico o comercial. Así, los planes de ordenación conjunta incluirán indicaciones sobre características y dimensiones de los elementos de las terrazas, y relativas al color, material y acabados, con el fin de garantizar un diseño homogéneo que redundará en el embellecimiento de las terrazas y la armonía del paisaje urbano.

5. La accesibilidad, una prioridad

Otra novedad es la incorporación de criterios de accesibilidad universal tanto en el uso de las terrazas como en el tránsito por el itinerario peatonal restante. Se han ampliado considerablemente las distancias desde el espacio ocupado por las terrazas a la reserva de aparcamiento para personas con movilidad reducida, las referidas a pavimentos podotáctiles destinados al guiado, la advertencia o la localización de elementos para personas con discapacidad visual, y la distancia a elementos de mobiliario.

La finalización del concierto de plazas del «Plan de Accesibilidad Social» dejará sin residencia a 1.800 personas dependientes que no podrán costearse los servicios
La finalización del concierto de plazas del «Plan de Accesibilidad Social» dejará sin residencia a 1.800 personas dependientes que no podrán costearse los servicioslarazon

6. Desde diciembre de 2013, las estufas de gas quedan prohibidas

No podrán instalarse en las terrazas estufas de gas por ser perjudiciales para el entorno. Las autorizadas anteriormente no podrán mantenerse en las terrazas más allá del 31 de diciembre de 2023. El Ayuntamiento ayudará a amortiguar la nueva inversión que deberán acometer las terrazas para adquirir calefactores no contaminantes.

7. Reducción de los horarios

Se rebaja el horario de funcionamiento de las terrazas en periodo estacional: del 15 de marzo al 31 de octubre, los viernes, sábados y víspera de festivos, las terrazas van a cerrar a la 1:30 h en lugar de las 2:30 h; mientras que, de domingo a jueves, cerrarán a la 1:00 h. El resto del año el horario de cierre es a las 00:00 h.

Eso sí, las terrazas en banda de estacionamiento deberán estar cerradas a las 00:00 h todo el año y, si están emplazadas en zonas saturadas, desde cada distrito se podría proponer a la Comisión de Terrazas limitar el horario hasta las 23:00 h. Además, el mobiliario de la terraza ha de estar dotado de protecciones acústicas en sus apoyos y, si se permite el apilamiento, en sus amarres.

8. Surge la figura del ‘responsable de la terraza’

También para mejorar la convivencia vecinal, el Consistorio ha implantado la figura del responsable de la terraza, cuya función será la de abordar posibles conflictos y velar por el cumplimiento de la normativa. En adición, las terrazas que estén en zonas saturadas tendrán la obligación de instalar sonómetros para evitarle molestias al vecindario.

9. Más dureza contra las infracciones a la citada Ordenanza

La nueva normativa municipal de terrazas endurece el régimen sancionador yfacilita una intervención certera en el caso de infracciones de las condiciones administrativas y legales de las autorizaciones. Si una terraza comete tres infracciones graves o dos muy graves en un periodo de dos años, perderá su autorización de terraza y además no podrá solicitar una nueva en el plazo de un año.

10. Consenso

Según ha compartido el Ayuntamiento, la modificación aquí desglosada estuvo abierta desde el inicio a negociaciones en las que participaron todos los grupos políticos con representación municipal, al igual que los principales actores sociales implicados, como la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), la Asociación de Empresas de Restauración (AMER), Hostelería Madrid, Confederación de Comercio Especializado (COCEM), la Asociación Empresarial de Comercio Textil y Complementos (ACOTEX) o CERMI (Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid), además de los reconocidos urbanistas José María Ezquiaga y Alfonso Vergara.