Política

Por qué los jueces españoles han tenido que llamar a la Unión Europea

El Consejo podría adoptar medidas contra España que afectasen al reparto de fondos del Plan de recuperación para Europa

Miguel Ángel Recuerda Girela

Tres asociaciones judiciales españolas han denunciado al Reino de España ante la Comisión Europea con motivo de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pues consideran que se está poniendo en riesgo grave el Estado de Derecho. Se trata de un hecho de una importancia extraordinaria que evidencia que se pretende menoscabar la independencia del Poder Judicial. Y sin independencia del Poder Judicial ni hay libertad, ni igualdad, ni derechos, ni democracia.

La Ley Orgánica 4/2021, promovida por el Grupo Parlamentario Socialista y el Confederal de Unidas Podemos, es el golpe más reciente y duro que ha recibido el Consejo General del Poder Judicial hasta la fecha. Desde la entrada en vigor de esa ley el pasado 31 de marzo, el CGPJ, y hasta que no se renueven sus miembros, se encuentra atado, y bien atado, en un doble sentido: por un lado, no puede ejercer todas las funciones que tiene atribuidas, sino solo algunas de carácter meramente burocrático; y, por otro lado, no puede defenderse de la embestida recibida porque, como consecuencia de esa reforma, le está ahora vedado plantear un conflicto de competencias entre órganos constitucionales.

Si el CGPJ no puede nombrar a los altos cargos judiciales, como es el caso de los magistrados del Tribunal Supremo, y se producen bajas por jubilaciones u otras razones, como está sucediendo, estas no podrán ser suplidas. Una de las consecuencias de ello es que el más alto Tribunal, que controla la legalidad de la actuación del Gobierno y de los políticos, no puede funcionar en estos momentos a pleno rendimiento. Ese freno a la acción de la Justicia se ha instalado en el engranaje del CGPJ a favor de quienes parece que no creen firmemente en el Estado de Derecho y de los que prefieren la más cómoda inmunidad para el ejercicio del poder. Es además un freno inconstitucional porque es una limitación al CGPJ que no permite la Constitución.

Las asociaciones judiciales han recurrido a la Comisión Europea probablemente porque el CGPJ no dispone de remedios jurídicos para defenderse. Ni puede interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica 4/2021, porque no lo permite la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), ni puede plantear un conflicto entre órganos constitucionales, que sí está previsto, pero que le ha sido impedido por la Ley Orgánica 4/2021. Para la defensa de la independencia del Poder Judicial convendría que se reformara la LOTC y se estableciera la legitimación del CGPJ para la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra las leyes que le afecten.

Otra de las amenazas que sobrevuela la techumbre del CGPJ es la proposición de ley con la que se pretende reducir las mayorías necesarias para la elección de los vocales de procedencia judicial, de forma que no sean precisos grandes consensos como hasta ahora, y que es claramente contraria al espíritu y al texto del art. 122.3 de la Constitución.

La organización del sistema judicial es una competencia de cada país soberano. Pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene dicho que los Estados miembros están obligados a cumplir los deberes que impone el Derecho de la Unión Europea. Como los jueces españoles son también jueces europeos, que aplican el Derecho de la Unión, deben ser independientes para garantizar el Estado de Derecho en la Unión. Y, en relación con ello, el órgano de gobierno de los jueces debe poder garantizar su independencia. La Unión Europea se fundamenta en el Estado de Derecho (art. 2 TUE), y por ello examina a los países candidatos a la adhesión para evaluar si respetan los valores esenciales que lo caracterizan antes de que se adhieran. Pero esos valores se han de mantener también después de la adhesión, pues de lo contrario la incorporación de los Estados a la Unión Europea podría ser una especie de caballo de Troya, del que salieran posteriormente elementos subversivos dispuestos a socavar los valores democráticos europeos.

A la vista de la denuncia presentada, y de que las asociaciones denunciantes representan a la mayoría de los jueces españoles, la Comisión Europea se tendrá que interesar por la situación del CGPJ en España, podrá iniciar un diálogo con el Gobierno para tratar este asunto y promover «la reforma de la reforma» o un posterior procedimiento de infracción del art. 7.1 del TUE por la existencia de un riesgo claro de violación del Estado de Derecho. Además, poner en peligro la independencia de los jueces constituye una vulneración de los principios del Estado de Derecho conforme establece el Reglamento (UE, Euratom) 2020\2092 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión. Lo cual implica, que, si la amenaza a la independencia del Poder Judicial que se ha denunciado pudiera afectar gravemente al presupuesto de la Unión Europea o a la buena gestión de los intereses financieros de la Unión, el Consejo podría adoptar medidas contra España que afectasen al reparto de fondos del Plan de recuperación para Europa.