Editorial

Nefasto choque entre poderes del Estado

Entre los argumentos que el presidente del Gobierno ha esgrimido para plantear el indulto a los condenados por sedición por los hechos del 1-O no ha aparecido en ningún momento uno de los que motivó la aplicación del artículo 155, el 21 de octubre de 2017, medida que contó con el apoyo del PSOE. En concreto, no ha respondido a una cuestión clave: si el orden constitucional ha sido restaurado en Cataluña, por lo que no es necesario que los presos que quisieron derrocarlo –las leyes, por lo menos, fueron aprobadas– continúen cumpliendo la pena que se les impuso. Puede que los partidos independentistas, ERC y JxCat –más la colaboración necesaria de la CUP–, sigan en esa «ensoñación» que describió el Tribunal Supremo en su sentencia y que les impide hacer efectiva la «república catalana». Sin embargo, Pere Aragonès se comprometió en su discurso tras ser investido presidente de la Generalitat a «hacer inevitable» la autodeterminación y la amnistía, dos objetivos precisamente imposibles de alcanzar tal y como prescribe nuestra Constitución. Así que, en algo no está del todo restaurada la legalidad constitucional si, de nuevo, se vuelve a malversar dinero público para conducir a la sociedad catalana a un callejón sin salida. De eso no nos cabe la menor duda. Pero todo indica que el Gobierno da por amortizado ese debate –y sus consecuencias– y acepta como mal menor que su socio de ERC quiera acabar con el «régimen del 78». El debate no es cómodo, aunque se insista en «naturalizarlo» por el hecho de que las medidas de gracias están en nuestra Carta Magna, sobre todo porque acabará provocando un conflicto institucional entre poderes, precisamente con los hechos más graves que ha sufrido nuestra democracia: un Gobierno que apoya un indulto y el Tribunal Supremo que lo rechaza, argumentado en un informe que, por su contundencia, ha dejado desnuda a La Moncloa. Ante la posibilidad de que el indulto sea recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, que es a quien corresponde, el Gobierno no descartaría acogerse al artículo 38 del Ley Orgánica del Poder Judicial, que recoge que en el caso de conflictos entre jurisdicciones sea resuelto por un órgano constituido por el presidente del Supremo, que lo encabezaría, y magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS y, en el mismo número de tres, miembros permanentes del Consejo de Estado. Sin duda, no es la mejor solución para aplicar una medida que es plenamente política, en tanto que sólo le corresponde al Gobierno, ejecutarla al tribunal sancionador y firmarla al Rey. De nuevo, entramos en un debate en el que las instituciones del Estado saldrán dañadas y el país más dividido, lo que el independentismo considerará una nueva victoria.