Fiscalía General del Estado
El fiscal y el Consejo
Lo censurable sería erigirme en militante silente de ese partido, en su juez o fiscal de confianza
Hoy jura o promete el cargo el nuevo Fiscal General del Estado y tomará posesión en septiembre. El candidato lo propone el gobierno y en el proceso de nombramiento hay dos tramites relevantes: el informe del Consejo General del Poder Judicial y su comparecencia ante el Congreso de los Diputados. Que intervengan los tres poderes del Estado evidencia la relevancia del cargo.
El informe del Consejo ha sido favorable y se ciñó sólo a constatar que el candidato reúne los requisitos objetivos para el cargo. Sin embargo, siete vocales lo rechazaron porque entienden carece de la apariencia de imparcialidad, parecer basado en su andadura como jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y su participación en un acto del Partido Socialista.
Discrepancias al margen sorprende que un Consejo, competencialmente capitidisminuido, ejercite a medias una competencia relevante y lo haga con un informe propio de un aspirante a jefe de servicio. Para fijarse sólo en los requisitos objetivos del aspirante –ser español, mayor de edad y jurista con quince años de ejercicio profesional– el Consejo sobra: eso puede constatarlo un funcionario, sobreentendiéndose en este caso que el propuesto es jurista «de reconocido prestigio» al ser Fiscal de Sala, es decir, ostenta la máxima categoría.
El Consejo ha renunciado así a ejercer una competencia vinculada con su razón de ser: garantizar la independencia judicial. Si un juez es inquietado en su independencia puede comunicarlo al Consejo que se limita a recibir esa queja o practica «las diligencias estrictamente indispensables para asegurar la acción de la justicia y restaurar el orden jurídico», según dice la Ley Orgánica del Poder Judicial; una intervención que suele quedar en admoniciones de respeto. Quien sí está llamado a ser jurídicamente efectivo es el Ministerio Fiscal al atribuirle la Constitución, entre otras, la competencia de «velar por la independencia de los Tribunales». Por tanto, el núcleo del informe del Consejo debe ceñirse a constatar si el propuesto como cabeza del Ministerio Fiscal es idóneo, llegado el caso, para defender con eficacia la independencia judicial.
El juicio estrictamente político sobre su idoneidad se hace en la comparecencia parlamentaria, allí los diputados pueden cuestionar su idoneidad en todos los aspectos y es ahí donde podrá plantearse –también y por ejemplo–, su eventual vinculación partidista. Después el gobierno hará lo que estime oportuno y es ese juicio político parlamentario lo que refuerza algo que siempre he sostenido: que el acto de nombramiento tiene, a efectos jurídicos, es un acto político.
Aparte están en este caso las razones del juicio negativo hecho por los vocales del Consejo que votaron en contra del candidato. De ellas la más sonora es que el nuevo Fiscal General participó en un evento del PSOE gallego en 2019, en concreto y «al parecer» intervino en un foro organizado por «una entidad (un think tank) cuya razón de ser es proporcionar sustento ideológico a un partido político». La objeción no será baladí, sí inane y perturbadora por no estar depurada. Veamos, los jueces o fiscales podemos -es más, y me arriesgo, debemos- participar en el debate público sobre la Justicia o sobre cuestiones jurídicas que interesan a los juristas, siempre que no quede afectada nuestra independencia e imparcialidad. Así lo entiende para los jueces la Comisión de Ética Judicial a propósito, por ejemplo, de actividades formativas organizadas por colegios o asociaciones profesionales, incluso por despachos de abogados, Comisión que es de esperar que para los fiscales ponga en marcha el nuevo Fiscal General.
Cosa distinta son los debates organizados por partidos políticos y no veo inconveniente que un juez o fiscal acepte la invitación para opinar sobre cuestiones jurídicas en general o de política judicial. Hace años intervine en debates organizados por FAES y si otro partido me invitase a su foro de debate y reflexión iría, expondría mi parecer, si gusta vale y si no, también. Lo censurable sería erigirme en militante silente de ese partido, en su juez o fiscal de confianza o -en mi caso- que como juez atendiese a sus intereses políticos o ideológicos o acosase a sus adversarios.
Y me pregunto ¿qué le habría costado al Consejo hacer ese juicio ponderado y riguroso sobre la idoneidad del candidato para tutelar la independencia judicial, al menos sobre su apariencia de imparcialidad y hacerlo sin caer en la lógica de la escandalera partidista? Ignoro en qué términos se desarrolló el debate, pero lo que le queda al observador es que el Consejo renuncia a ejercer esa competencia con el resultado de erigirse en otro ámbito de la lucha partidista; además, visto el resultado global y el sentido favorable del voto de alguno, alimenta que haya conjeturas sobre sus pretensiones para ir al Tribunal Constitucional, donde nos jugamos, dicho sea de paso, nuestro futuro como estado: no es lugar para satisfacer ambiciones personales.
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