CGPJ
El problema judicial de España
Solo alejando definitivamente al Poder Judicial del combate en la arena política, estaremos en condiciones de superar el problema judicial de España
No resulta en modo alguno un atrevimiento o un exceso dialéctico hablar ya de que tenemos un problema judicial en nuestro país. La historia interminable de la renovación pendiente del CGPJ sin duda se sitúa en el epicentro de dicha problemática. La campaña mediática montada alrededor de la reciente visita a España del comisario europeo para los asuntos de Justicia ha venido a acrecentar así la idea de que tenemos un problema con nuestras instituciones del ámbito de la Justicia. Porque, como es sabido por todos, la falta de renovación del Consejo a lo largo de estos últimos cuatro años, está produciendo la secuela lamentable de la imposibilidad de que se lleve a efecto la designación de dos magistrados del Tribunal Constitucional por del máximo órgano de gobierno del Poder judicial.
Pero, parafraseando a Zavalita, el personaje de «Conversación en la Catedral», podríamos exclamar en que momento se jodió en España el Poder Judicial. Para muchos se sitúa este momento crítico en la introducción por la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 de la elección por las Cámaras parlamentarias de los 12 vocales de extracción judicial que hasta ese momento habían sido elegidos directamente por la carrera judicial. De ahí derivarán todo los males de una patológica politización del poder judicial a lo largo de cuatro décadas.
Sin embargo, la cosa no puede reducirse de manera tan plana a ese acontecimiento ¿Es aceptable que durante casi cuarenta años hayamos convivido con este «mal» tan llamativo y pernicioso sin que ningún gobierno hubiera rectificado a tiempo? El Partido Popular había llevado la reforma de este método de elección judicial en su programa electoral de las elecciones que ganó por mayoría absoluta en 2011. Pero, una vez en el gobierno no sólo no se modificó por un método de designación realizada directamente por la judicatura, sino que de alguna forma, se ratificó el sistema de elección parlamentaria de los 12 vocales judiciales al convalidar el mismo mediante una previa selección entre los propios jueces que luego serían designados por el Congreso de los Diputados y por el Senado.
Por tanto, el problema no está en la ley que establece el método y la forma de elección de los vocales del CGPJ, sino en la aplicación que se ha venido haciendo de la Ley durante todos estos años. El Tribunal Constitucional lo advirtió así en la conocida sentencia de 1986 en la que confirmó la constitucionalidad de la previsión legal de elegir directamente por el Parlamento a los 12 vocales de extracción judicial. En efecto, en la interpretación que el Constitucional hacía de la ley concluyó que se ajustaba al texto de la Constitución siempre y cuando se cumpla con el siguiente requisito: que los vocales no se repartan por cuotas entre los grupos políticos. Pues bien, sencillamente es lo que ha venido sucediendo desde entonces, que los partidos políticos han procedido a un descarado reparto de la totalidad del bloque de los vocales sin reparar los que procedían del ámbito judicial de aquellos otros englobados en la categoría de juristas de reconocido prestigio.
Por consiguiente, las previsiones constitucionales sobre la forma de composición del CGPJ se cumplen perfectamente mediante un sistema en el que los 20 vocales que lo integran son elegidos por las Cámaras, como está por lo demás actualmente establecido. Y, es que como he dicho antes que el problema no está en la forma que la ley determina la elección de las vocalías, sino en el modo en que se lleva a cabo por parte de los dos grandes partidos políticos de este país.
No se puede aceptar que la designación de los vocales del CGPJ se resuelve en la reunión de «una tarde», ni tampoco que su elección quede condicionada o demorada a una hipotética reforma legislativa. El Congreso y el Senado deben proceder cuanto antes a la designación de los 20 vocales del Consejo mediante una valoración previa rigurosa y selectiva de los méritos de todos los aspirantes. Así como desde la carrera judicial se eleva una propuesta de candidatos avalados desde el seno de la judicatura, también debería existir una convocatoria abierta de candidatos a vocales de extracción no judicial que fueran propuestos por una comisión independiente de valoraciones de los mismos.
Solo así rompiendo de una vez por todas con el reparto de cuotas, alejando definitivamente al Poder Judicial del combate en la arena política, estaremos en condiciones de superar el problema judicial de España sin necesidad que desde fuera nos tengan que hacer ningún tipo de recomendación.
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