Ministerio de Fomento
Los buzos profesionales contra el Gobierno por la ley que pone en peligro sus vidas
El próximo 1 de julio entrará en vigor este RD que pretende legislar la seguridad de todo tipo de buceo y que hace aguas en todo el texto, según el sector especializado
A principios de junio se filtró el borrador de un Boletín Oficial del Estado (BOE) sin fecha, y que esbozaba el Real Decreto 550/2020 de 2 de junio “por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo”. En seguida el sector del buceo profesional se puso en marcha para intentar detener que se aplicara a partir del próximo julio, porque contiene incongruencias, omisiones y confusión suficiente para impedir la seguridad necesaria para que se pierdan vidas.
El texto del BOE, que se aprobó en el consejo de ministros del pasado 26 de junio, es el mismo que se filtró hace un mes, y que fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, aseguraron que ya estaba firmada por el ministro entonces. Fernando Raigal, buzo profesional reconocido por haber participado en el rescate de los niños atrapados en la cueva de Tailandia en 2018, es uno de los implicados en conseguir la anulación de este RD por considerar que falla en muchos de los puntos críticos del sector. “Este BOE repercute directamente en nuestra seguridad en el trabajo”, nos explica Raigal desde Tailandia, que ha creado una petición en change.org para denunciar el documento.
Durante años el buceo profesional comercial o industrial ha sufrido con una normativa desactualizada que se remonta a octubre de 1997, y aunque con convenio propio, la regulación del buceo profesional arrastra varias problemáticas sin solucionar. Según Luis Torcida, buzo profesional y vocal de seguridad del Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME), “si hay algo grave es la falta de comunicación y coordinación entre las distintas partes de la administraciones que deberían de estar implicados en la regulación de este sector profesional”. Y es que el buceo profesional ha tenido muchos dueños: “En su origen, allá por los años 60, la regulación fue competencia de la Armada, posteriormente, no antes de los años 80, pasó a manos del Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), con la llegada de las CC AA se transfirieron competencias mal desarrolladas y peor interpretadas, con lo cual sufrimos una descentralización y dispersión de los marcos normativos sumiendo en un auténticocaos el buceo profesional como actividad laboral”, apunta Torcida.
Ministerio equivocado
Y esa es la primera reclamación al texto del RD, como nos explica Iván Ciudad, prevencionista, “resulta sorprendente e incluso preocupante que en el RD 550/2020 no haya existido una coordinación interministerial para su realización y finalmente no haya sido firmado por el Ministerio de la Presidencia tratándose de un tema tan sensible como es la seguridad y la salud de los trabajadores”. Aclara Ciudad que actividades con este nivel de riesgo deberían firmarse con el Ministerio de Presidencia, “donde se establecen las condiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo, incluso en el ámbito marítimo”. (como es el caso de RD 1216/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca. e incluso el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción).
“Ser regulados por el ministerio de Trabajo es una demanda histórica del gremio que ha sido rechazada de facto por el antiguo ministerio de Fomento, argumentando que a ellos les corresponde la competencia exclusiva de la seguridad de la vida humana en el mar”, nos explica Luis Torcida, que matiza que el RD. “deja en el limbo todas aquellas operaciones de buceo profesional que se realizan en vías fluviales, aguas interiores pantanos o en instalaciones industriales de importancia logística como centrales hidroeléctricas, térmicas, nucleares o plantas depuradoras”, con el consiguiente “caos legislativo que genera ambigüedades, descoordinación y dudas inadmisibles en un sector profesional de altísimo riesgo”.
Juntos y revueltos
Según Iván Ciudad, “la propia definición de la modalidad de buceo profesional que aparece en el actual RD 550/2020 indica que “es aquella que se lleva a cabo para el ejercicio de una actividad de tipo económico o empresarial y que no podrá desarrollarse al amparo de las demás modalidades de buceo.” Lo cual resulta a mi juicio, cuanto menos confusa, ya que en todas las modalidades que menciona son actividades de tipo económico o empresarial, a excepción de los aficionados al buceo recreativo o deportivo”. Por tanto, intentar aunar normas dispersas y apuntalar “el auge del buceo recreativo” ha resultado en otro fallo.
“El problema radica en que estos diferentes tipos de buceo(recreativo, deportivo, profesional, científico, , extracción, militar) son cada uno demasiado específicos como para poder encuadrarlos dentro del mismo marco legislativo. Si a esto sumamos el desconocimiento general de nuestra actividad, nos encontramos con un peligroso cocktail que pone en peligro la vida del buceador profesional”, nos explica Fernando Raigal, ya que las características laborales (sistemas de buceo, el fin, herramientas, y maquinaria, son diferentes.
Paso atrás en seguridad
Pero sin duda los aspectos relacionados con la seguridad de los buzos profesionales es de lo que más adolece este Real Decreto según el sector. “Con el contenido publicado en este RD se ha perdido una gran oportunidad de que nuestro país sea un referente en materia de seguridad y salud para estos trabajadores, ya que su articulado es un gran paso atrás en esta materia”, opina el prevencionista Ciudad. Pero, ¿cuál fue el problema?, ¿no consultaron a los expertos? Según Arturo Villazón, CEO de Tecnosub y Supervisor de la Asociación Internacional de Contratistas Marinos (IMCA), “tanto los sindicatos representativos del sector del buceo profesional, como la patronal ANEBP, fueron consultados e invitados a mesas de discusión en la DGMM durante varios años, sin embargo, ninguna o muy pocas de las recomendaciones de estos actores se han visto reflejadas en esta nueva norma, es más, hay puntos que nunca se discutieron, como la reducción del número de personas en los equipos mínimos y que han sido incluidos en el documento final”.
“Entiendo que la las grandes lagunas son la inexactitud en las definiciones básicas. La falta de concreción en casi todos los puntos importantes del RD (que al menos afectan al buceo profesional), la nueva desregulación que existirá, la eliminación de ciertos riesgos inherentes de la profesión al “eliminar” mano de obra en ciertos trabajos, volver a técnicas (SCUBA) anacrónicas, permitir técnicas que ni la OM1997 recogía (narguilé), olvidar al 50% del profesional de aguas interiores. Permitir nuevas tablas de buceo, mezclas, protocolos y otras legislaciones de otros países sin concretar nada”, son las quejas sobre el RD que lista Carlos Fernández Sixto, prevencionista e instructor de buceo profesional.
No olvidemos que cualquier inexactitud o ambiguedad en el texto es lo que puede causar la pérdida de vidas de los trabajadores, como detalla Fernando Raigal: “Estamos hablando de un trabajo de riesgo el cual por definición debería estar regulado acordemente, con detalle”. Cinco lagunas, según Railgal, son las que presenta el Real Decreto:
- El uso del SCUBA (sistema de buceo que ha matado a muchos compañeros en el pasado, llevando a España a ocupar el primer puesto de mortalidad en buceo profesional por muchos años seguidos);
- El uso de mezclas que no tienen tablas tabuladoras para buceo profesional (Trimix);
- La reducción de los equipos mínimos en hasta sólo tres buzos, cuando cinco (cuatro buzos y un supervisor) son el equipo mínimo para garantizar una operación de buceo segura.
- La desaparición del stand-by (también llamado buzo de seguridad) para ciertas operaciones. Como es obvio ninguna operación de buceo deja de tener su riesgo y la disposición inmediata de un buzo de seguridad en superficie es crucial.
- La distancia de la Cámara Hiperbárica: los buzos somos trabajadores hiperbáricos y podemos desarrollar enfermedad descompresiva en el trabajo (la cual puede ser letal sin tratamiento a tiempo), en cuyo caso tener una Cámara Hiperbárica lista para su uso in situ o a menos de 30 minutos es crucial para el mantenimiento de la vida del buzo. El texto de este PDR alarga este tiempo de acceso a dicha cámara en en hasta seis horas lo cual es inaceptable para la seguridad del buzo.
Insiste Arturo Villazón en que la “falta de precisión en la regulación” obvia punto críticos de la seguridad como seguir reconociendo para el buceo autónomo el SCUBA, “como técnica válida para el buceo profesional cuando está relacionada directamente con un mayor número de accidentes mortales”. Iván Ciudad lleva años “realizando un seguimiento” a falta de estudios oficiales sobre la mortalidad en el sector. “En el período 1987-2017, se identificaron 66 accidentes de trabajo mortales, un 45,5% de ellos entre buzos comerciales, un 12,1% en buceadores de acuicultura marina y el mismo porcentaje, entre monitores e instructores de buceo recreativo mientras realizaban una actividad empresarial”. Para hacerse una idea de la dimensión que pueden tener estas tasas, Villazón destaca que “el año 2014 fue extremadamente trágico ya que presentaba como mínimo 83 veces más riesgo de tener un accidente mortal que la media de la fuerza laboral española”.
Asesores equivocados
Ante esta nueva ley, el sector se pregunta si hay otros beneficiarios que evidentemente no son ellos. Para Fernando Raigal es “muy evidente que a quien beneficia este RD es a las marinas recreativas y todas aquellas empresas que ponen por encima los intereses económicos a la salud del trabajador”. Y no entienden tantas horas “aportando datos, cifras y material veraz para el análisis de la siniestralidad laboral del sector, y que tengan la poca decencia de incluir en el texto publicado este párrafo: ”Cabe destacar como en su tramitación el texto aprobado procede del trabajo de un grupo técnico en el que participaron tanto expertos como asociaciones, una audiencia muy amplia que incluyó tanto a las Comunidades Autónomas, como a federaciones y asociaciones del ámbito del buceo.” Realmente es insultante que quieran hacer creer que hemos sido atendidos en nuestras demandas”, aclara Luis Torcida.
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