Sentencia

Prisión permanente revisable para la madre que mató a su hija en Logroño

La progenitora y la abuela de la niña, que falleció tras arrojarse al río ese mismo día, administraron ansiolíticos a la pequeña, y luego la asfixiaron con una almohada en enero de 2020

Adriana Ugueto durante el juicio
Adriana Ugueto durante el juicioRAQUEL MANZANARESAgencia EFE

La jueza de la Audiencia Provincial de Logroño ha condenado a prisión permanente revisable a A.U., por un delito de asesinato con el agravante de parentesco, al matar a su hija de cinco años el 26 de enero de 2020 en el hotel «Los Bracos» de Logroño.

La sentencia, según informa EP, impone la pena que pedían tanto la Fiscalía como las acusaciones particular y popular. Además, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar al padre de la niña con 200.000 euros por daño moral, así como con otros 9.643 euros por el tiempo que «tardó en curar del trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo que padeció por estos hechos».

A lo largo de las 177 páginas del escrito considera probado que la madre y la abuela (que apareció muerta dos días mas tarde después de haberse arrojado al río por la ventana del hotel), «decidieron un plan conjunto para poner fin a sus vidas y además acabar con la vida de la menor».

Para ello, prosigue la sentencia, se dirigieron en la mañana del 26 de enero al hotel «Los Bracos» de Logroño, donde el día anterior habían reservado una habitación. Una vez allí, «con la intención de acabar con la vida de la menor, con plena conformidad de ambas, aceptando cada una los actos de la otra, suministró a dicha menor lormetazepam, en una dosis tal que la menor quedó en un estado profundo de sedación, y hallándose la menor en tal estado, presionó la boca y la nariz de la niña, hasta cortarle la respiración, acabando con su vida por asfixia mecánica por sofocación por obstrucción de vías respiratorias».

Además, se refleja que la niña «no tuvo ninguna posibilidad de defenderse, por hallarse en estado de profunda sedación por efecto del lormetazepam que le había sido suministrado, y por tener al momento de los hechos tan solo cinco años de edad».

Según añade el escrito, en el momento en que sucedieron los hechos, la madre, A.U., «no padecía ningún trastorno que afectara a su conciencia y voluntad».

El jurado popular, tras las catorces sesiones de juicio, consideró el pasado 20 de febrero de 2022 a la madre culpable de “haber causado intencionadamente su muerte cuando ésta no tenía posibilidad de defenderse”. El criterio del jurado incluyó que no procedía suspensión de la condena y que no se incluyera en la sentencia la posibilidad de que la acusada sea indultada.