Multas

Estos son los casos en los que está permitido dejar el coche en doble fila

Esta maniobra es susceptible de considerarse una infracción en la mayoría de los casos, Por eso, es importante que tengamos claro cuál es la normativa que aplica sobre este asunto

Esta maniobra es susceptible de considerarse una infracción en la mayoría de los casos | Fotografía de archivo
Esta maniobra es susceptible de considerarse una infracción en la mayoría de los casos | Fotografía de archivolarazon

Todos lo hemos hecho... incluso el conductor más responsable. Sin embargo, el hecho de que dejar el coche en doble fila para ir a comprar el pan sea un comportamiento habitual entre los conductores, no hace que sea legal. De hecho, en la mayoría de los casos, esta maniobra es susceptible de considerarse una infracción. Por eso, es importante que tengamos claro cuál es la normativa que aplica sobre este asunto. De esta forma, eliminaremos el riesgo de que un agente nos coloque “una receta” o de que una grúa se lleve nuestro coche.

¿Es legal dejar el coche en doble fila?

La respuesta sencilla es que no. No se puede dejar el coche en doble fila ni 2 minutos, ni 30 segundos. No podemos salir de nuestro coche y dejarlo en la vía pública... y es irrelevante si hemos dejado puestas las luces de emergencia. No hay ningún caso en el que sea legal aparcar el coche en doble fila. El Código de Circulación, en su sección segunda, referida a las “Normas especiales de paradas y estacionamientos” lo destaca claramente: “Queda prohibido estacionar en doble fila”.

Varios vehículos aparcados en doble fila en la avenida República Argentina
Varios vehículos aparcados en doble fila en la avenida República Argentinalarazon

Sin embargo, a veces tenemos suerte... y el agente en cuestión responde positivamente a nuestras excusas (que suelen estar en la línea de “si ha sido solo un momento (...)”), y nos permite seguir con nuestro viaje sin haber redactado ninguna denuncia. Pero no deberíamos apostarlo todo por la amabilidad o benevolencia de un agente. Porque la realidad es que este comportamiento podría considerarse una infracción, que podría acarrear una sanción de 100 euros.

Ahora bien, aquí hay que hacer una pequeña distinción: existe la figura legal de la “parada”. La Ley de Seguridad Vial explica que realizar una parada es detener el vehículo en un extremo de la calzada durante menos de dos minutos y con el conductor en el interior del vehículo. Si el coche está detenido en la vía durante más de dos minutos o si el conductor se baja del vehículo, se considerará un estacionamiento. Y por lo tanto, será punible.

Otro matiz que también debemos tener en cuenta, es que cualquier parada debe realizarse de forma que “no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de usuarios de la vía”. En caso contrario, podríamos enfrentarnos a una multa de 200 euros... por mucho que permanezcamos en el interior del vehículo. Por cierto, si hacemos un estacionamiento (si salimos del vehículo) en una zona considerada un riesgo o un impedimento para la circulación, nos enfrentaríamos a la misma sanción de 200 euros.

No deberíamos apostarlo todo por la amabilidad o benevolencia de un agente, porque la sanción podría ser bastante grande | Fuente: Ricardo Rubio / Europa Press
No deberíamos apostarlo todo por la amabilidad o benevolencia de un agente, porque la sanción podría ser bastante grande | Fuente: Ricardo Rubio / Europa PressRicardo RubioEuropa Press

No se puede parar en estas situaciones:

En el Reglamento de Circulación se ahonda un poco más en este asunto: se considerará que una parada obstaculiza la circulación y supone un riesgo para el resto de los conductores cuando se den estas situaciones:

  • Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre ella que indique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos.
  • Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado.
  • Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
  • Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos.
  • Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico.
  • Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente.
  • En aquellas situaciones que, sin estar incluidas en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.

Como el lector podrá observar, casi cualquier maniobra de este tipo es susceptible de considerarse una infracción. Por lo que, lo más recomendable es que evitar dejar el coche en doble fila (en la medida de lo posible) y buscar un aparcamiento apropiado para poder bajarnos del vehículo con libertad.