Protestas

Los sanitarios no podrán estar más de 3 años con contratos temporales

Sanidad y los sindicatos negocian contra reloj cambios en el anteproyecto del Estatuto Marco

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y el Ministerio de Sanidad ultiman las negociaciones sobre el anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, que debe estar aprobado sin falta el próximo 8 de julio. El objetivo primordial es que «acabemos con los actuales abusos al contratar el personal sanitario. Son abusos muy graves que se registran ahora en la contratación y la temporalidad del personal. Y que se sancione a los culpables de esta situación», explica a este periódico Tomás Toranzo, presidente de la CESM.

El anteproyecto en discusión reconoce que «en las últimas décadas las leyes anuales de presupuestos han venido imponiendo criterios restrictivos para la dotación de plazas de nuevo ingreso del personal al servicio de todas las Administraciones Públicas en el marco de las directrices presupuestarias de contención del gasto público». Esta falta de dinero ha golpeado de forma especial a los centros de salud.

«Hay miles y miles de profesionales en España», señala Toranzo, «que llevan hasta 20 años uniendo un contrato temporal o precario con otro. Incluidas triquiñuelas de los organismos sanitario públicos para que sigan así de forma indefinida sin que ocurra nada. Un desastre de situación. Y con unas comunidades autónomas muy cicateras y que permiten la falta de transparencia».

El Estatuto Marco que se discute ahora establece de forma clara «la equiparación entre personal temporal y fijo con base en el principio de no discriminación» y «la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales».

El “caos” de los eventuales

Capítulo especial merece, para el presidente de la CESM, la situación de los eventuales: «Ni siquiera se sabe cuántos son. Si usted se dirige a un gran hospital público y pregunta en cada departamento cuántos eventuales trabajan ahí no les sabrían decir el número porque ni saben exactamente dónde están destinados», remarca.

Sanidad y CESM discuten ahora cómo garantizar que, alcanzado el plazo máximo de duración de un nombramiento, los servicios de salud no puedan efectuar otro eventual para el mismo puesto o función que generó el nombramiento inicial. Además, el cómputo total de todos los nombramientos de personal estatutario temporal que, de forma continuada o interrumpida, recaigan en una misma persona no podrá superar el plazo de tres años.

En cuanto a los procedimientos de selección de personal temporal, se llevarán a cabo «por órganos dotados de las mismas garantías de imparcialidad y especialización aplicables a la selección del personal estatutario fijo», según el texto del anteproyecto. Igualmente, se introducirá que las plazas vacantes desempeñadas por personal estatutario interino deberán ser objeto de cobertura mediante cualquiera de los mecanismos de provisión o movilidad previstos en la normativa de cada Administración Pública. Y se modifica el artículo sobre promoción interna temporal del personal estatutario, introduciendo para ello el límite temporal máximo de tres años establecido en la nueva redacción.

Estos objetivos no están siendo fáciles de conseguir en las negoaciones. De hecho, al principio el departamento de Darias no quería mover ni una coma de su borrador. Pero las protestas de la CESM lograron que se sentaran a negociar. Así, ya se establece en el anteproyecto que en caso de realizarse uno o más nombramientos para la prestación de los mismos servicios por un período acumulado de 12 o más meses en un período de dos años se llevará a cabo el estudio de las causas que lo motivaron para la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro. «De no valorarse favorablemente la pertinencia de la creación de dicha plaza se procederá al cese del nombramiento para la prestación de dichos servicios. En el supuesto de evaluación favorable, de agotarse el plazo de tres años sin que recaiga resolución expresa sobre la dotación de la plaza, esas plazas se incluirán obligatoriamente en la oferta de empleo público del ejercicio en que se haya agotado dicho plazo», recoge el texto en discusión.