Jaén

Condenado a dos años y nueve meses de prisión por maltratar a su mujer e hijos

El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a Aquilino D.R. a dos años y nueve meses de cárcel por maltratar a su mujer y a sus dos hijos menores de edad a los que llegó a dejar aislados e incomunicados en una casa de campo mientras él se marchaba de la vivienda durante varios días. A esto se le suman agresiones físicas tanto a la madre a la que golpeaba en presencia de los niños, así como a uno de sus dos hijos.

La sentencia recoge como a partir del verano de 2010, el acusado comenzó a adoptar respecto de todos los miembros de su familia "una actitud continua de menosprecio y humillación"que se tradujo en "insultos y humillaciones"constantes. A partir de 2011, la sentencia, recogida por Europa Press, apunta como hechos probados que comenzaron a ser frecuentes las agresiones físicas del acusado hacia su esposa, incluso delante de sus hijos.

Igualmente agredió a su hijo menor al que "simplemente por el hecho de pedirle ayuda para preparar un examen de matemáticas, el acusado comenzó a propinarle fuertes golpes y patadas en las piernas, así como una bofetada". La misma actitud "despectiva, humillante y violenta"mantenía con su hija a la que llegó a levantarle la mano aunque sin consumar la agresión.

Por su parte, el acusado durante el juicio negó todas y cada una de las acusaciones. De esta forma dijo que nunca los había dejado encerrado durante días en la casa de campo y que su mujer manipulaba a los niños para que se pusieran en su contra, pero que él lo máximo a lo que había llegado es a regañarles.

Sin embargo, el juez considera y así lo recoge que el comportamiento "dominador, controlador y machista"de Aquilino D. R. "ha traspasado con creces los límites de las meras desavenencias y discrepancias que pueden existir en una pareja que no se entiende o que atraviesa una mala situación relación, o que incluso ha decidido poner fin a aquella relación".

De esta forma, el juez condena a Aquilino a una año y nueve meses por un delito de malos tratos habituales en el ámbito familiar y otro año más dos delitos de maltrato. Además, la sentencia recoge la prohibición de comunicarse y acercarse a la mujer y a sus dos hijos durante cuatro años.

La sentencia recoge también que no se acepta la suspensión ni la sustitución de las penas de prisión por exceder la suma de las penas del límite temporal permitido.