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¿El final de la letra pequeña?

La Razón
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El texto aprobado ayer por el Gobierno sienta también las bases para la resolución de un «pequeño» problema que causa quebraderos de cabeza a miles de consumidores y usuarios. El apartado 1 del artículo 80, que hace referencia a la accesibilidad y legibilidad de las «cláusulas contractuales no negociadas individualmente». Dicho de otra forma: la letra de los contratos de servicio no podrán tener un tamaño inferior a 1,5 milímetros. Del mismo modo, tampoco se considerará legible si el contrato cuenta con un «insuficiente contraste con el fondo» que «hiciese dificultosa la lectura». De esta forma, y según la ley, «en ningún» caso se entenderá cumplido el requisito de no respetarse estas condiciones.

Como explica a LA RAZÓN Milagros Yagüe, subdirectora general de Arbritraje, Normativa y Asociacionismo del consumo, la medida nace con el objetivo de que «el consumidor tenga pleno conocimiento previo a la celebración del contrato», pues, de no cumplirse con la nueva norma, tendríamos que hablar de «falta de transparencia y, por tanto, de cláusula abusiva». Y es que, como apunta Yagüe, hasta ahora, la legislación se limitaba a señalar que los contratos debían ser accesibles y legibles, pero sin especificar unos límites. La medida implica todo tipo de contratos de servicios –incluidos los prestados por la Administración Pública–, como pueden ser los telefónicos o los de electricidad.

De esta forma, y según explican en Consumo, el usuario que vea que no se cumplen estos requisitos lo deberá poner en conocimiento de la Administración de consumo correspondiente –las comunidades autónomas tienen competencias en este sentido–. Posteriormente, las autoridades competentes informarán a la empresa para que retire las cláusulas que no cumplan con la legislación.

«Se trata de un gran avance en la protección de consumidores y usuarios», subraya Yagüe.

Por su parte, Rubén Sánchez, portavoz de Facua-Consumidores en Acción, cree que el cambio es positivo, pero lo considera «menor». En su opinión, el «auténtico fraude» relacionado con la letra se produce en la publicidad, pues en muchas ocasiones «se ocultan matices que cambian las condiciones que se ofertan, hasta el punto de contradecirlas».

En líneas generales, critica el hecho de que la ley «mantenga el mismo marco sancionador de los últimos 30 años». Y es que, en su opinión, el texto debería haber «modificado las cuantías» de las multas de acuerdo a los precios actuales. «Muchas empresas continúan incumpliendo sistemáticamente la legislación vigente y no se actúa contra ellas. Con la nueva ley va a pasar lo mismo: una empresa que gana 100 millones se arriesga a pagar una multa de apenas 100.000 euros», subraya.