Seguridad Vial

Este es el multazo que te pueden poner por llevar a un pasajero en la bicicleta

Un agente de tráfico puede multar por llevar a un amigo en la bicicleta, salvo excepciones donde sí es permitido

Llevar a un pasajero en la bicicleta tiene multa
Llevar a un pasajero en la bicicleta tiene multaPexels

En la última década, hemos sido testigos del auge de las bicicletas en el entorno urbano. Este vehículo es sostenible y beneficioso para la salud, contribuye a aliviar la congestión vehicular, disminuir las emisiones de carbono y reducir nuestro gasto en combustibles. No obstante, a pesar de sus innegables beneficios, el incremento sustancial en la presencia de bicicletas en nuestras ciudades y pueblos puede conllevar un riesgo para la seguridad vial, en el caso de que los usuarios no estén plenamente familiarizados con las normativas de tráfico, ya sea que se desplacen en automóvil, moto, bicicleta o a pie.

¿A cuánto asciende la multa por llevar a un pasajero?

Es crucial resaltar que la Dirección General de Tráfico tiene la responsabilidad de salvaguardar la seguridad vial y, por ende, tiene la autoridad para imponer sanciones en caso de incumplimiento de las normativas de tráfico. Por lo mismo, también es esencial establecer reglamentos específicos que sean adecuados y adaptados a las peculiaridades y necesidades únicas de los ciclistas (al igual que para el resto de vehículos).

Aprovechar el fin de semana para correr, pasear, montar en bicicleta o pasear en bicicleta con la familia tiene enormes beneficios en nuestra salud
Aprovechar el fin de semana para correr, pasear, montar en bicicleta o pasear en bicicleta con la familia tiene enormes beneficios en nuestra saludElvis GonzálezAgencia EFE

Estos reglamentos deben considerar tanto la seguridad del ciclista y de los demás usuarios de la vía, como la eficiencia de su viaje. Deben ser lo suficientemente flexibles para acomodar las diferentes situaciones en las que los ciclistas puedan encontrarse, pero también lo suficientemente estrictos para garantizar que se mantengan las normas de seguridad y respeto, para que todos los usuarios de la vía puedan llegar con seguridad a su destino.

Y en general, podemos decir que la Dirección General de Tráfico cumple con estos criterios. Por eso, la mayoría de las sanciones impuestas a los ciclistas suelen estar justificadas. Por ejemplo, las infracciones más habitualmente castigadas incluyen no respetar las señales de semáforo en rojo, circular en dirección contraria o no utilizar luces y reflectores durante la noche. Todas estas sanciones están totalmente justificadas, porque estos comportamientos ponen en peligro tanto a los propios ciclistas como a los demás usuarios de la vía.

Sin embargo, no todas las normas están tan justificadas y no todas pueden ser tan categóricas como estas. En ocasiones, las normativas de tráfico que afectan a los ciclistas pueden parecer desproporcionadas y no contemplar las particularidades de cada caso. Este lo que ocurre, por ejemplo, con la prohibición de transportar a un pasajero en la bicicleta.

Podría parecer una broma, pero no lo es. Un agente de tráfico puede multar a una persona por llevar a un amigo como pasajero en su bicicleta. Resulta que esto que todos hemos hecho en algún momento, en realidad constituye una infracción de tráfico que puede acarrear una multa de 100 euros. La única excepción a esta norma y la única situación en la que se permite transportar a un pasajero en bicicleta es si este es un niño menor de 7 años.

La única excepción a la prohibición de llevar a una persona de pasajero en la bicicleta es si se trata de un menor de 7 años
La única excepción a la prohibición de llevar a una persona de pasajero en la bicicleta es si se trata de un menor de 7 añosrevistadgt.es

Y siempre y cuando el conductor sea mayor de edad y el niño esté en un asiento homologado. Porque hay algunas sillas, que no cumplen con los estándares necesarios para ser utilizadas en España. Por último, es obligatorio que el menor lleve el correspondiente casco protector correctamente abrochado. De lo contrario, estaremos infringiendo y la norma y dará igual que cumplamos el resto de obligaciones, puesto que nos enfrentaremos igual a una sanción.