Videos

Tres parejas ya tienen la nulidad «exprés»

Primero fue Bilbao y ahora Sevilla. La reforma canónica del Papa Francisco es una realidad en España. Ya se aplica el procedimiento breve, así como la sentencia única

La reforma canónica del Pontífice entró en vigor el pasado 8 de diciembre
La reforma canónica del Pontífice entró en vigor el pasado 8 de diciembrelarazon

Primero fue Bilbao y ahora Sevilla.

La reforma canónica del Papa Francisco es una realidad en España. Ya se aplica el procedimiento breve, así como la sentencia única

Al menos tres parejas en España se han beneficiado del proceso abreviado para obtener la nulidad matrimonial establecido por el Papa Francisco en el Motu Proprio «Mitix Iudex Dominus Iesus», que entró en vigor el pasado 8 de diciembre, y con el que se agilizan los procesos al reducir los trámites necesarios, sin que ello afecte a la indisolubilidad del matrimonio (la reforma ayuda «a favorecer la celeridad, no la nulidad de los matrimonios», sostiene Francisco). Una de esas nulidades, conocidas popularmente como «exprés» –que se aplica cuando concurren circunstancias y hechos no requieran una investigación o una instrucción más precisa– fue efectiva ayer mismo en la Archidiócesis de Sevilla, después de que su arzobispo, Juan José Asenjo Pelegrina, firmara la sentencia. El prelado sevillano ya había manifestado en numerosas ocasiones la esperanza y la seguridad de que la decisión tomada por el Papa Francisco el pasado año aligerara de forma significativa la lista de espera en los tribunales eclesiásticos, que, según dijo, «tanto sufrimiento causa a las partes en los procesos y tanta desazón originan a los responsables de impartir justicia, esencialmente a los obispos y ministros y personal de los tribunales».

Aunque la sentencia de Sevilla fue la primera en conocerse públicamente, no lo es en firmarse. De hecho, el obispo de Bilbao, Mario Iceta, también presidente de la Subcomisión para la Familia y Defensa de la Vida de la Conferencia Episcopal Española (CEE), ya firmó en el último mes dos sentencias con procedimientos abreviados, tal y como ha explicado a LA RAZÓN. «Que un matrimonio sea nulo es una noticia triste para la Iglesia», explica sobre la conveniencia de dar o no publicidad a los procesos o a la firma de una nulidad. Según dijo, la reforma papal está funcionando a pleno rendimiento en nuestro país y, de hecho, apunta que en otras diócesis trabajan igual que en Bilbao o Sevilla. Otra cosa es que tengan casos o no. O que los casos que se presentan al proceso abreviado cumplan los requisitos. De hecho, según ha podido saber LA RAZÓN, en Madrid se recibieron dos solicitudes por este procedimiento, aunque fueron rechazados por no cumplir lo que establece la reforma de Francisco. En estos casos, las causas se redirigen a la vía ordinaria.

En otras archidiócesis y diócesis como Oviedo o Guadix tampoco se ha firmado ninguna sentencia de nulidad «exprés», pero sí han registrado solicitudes para que el procedimiento se haga por esta vía. Así lo confirmaron a LA RAZÓN sus obispos, Jesús Sanz Montes y Ginés García Beltrán respectivamente. En Santiago de Compostela, Málaga, Zaragoza, Barcelona o Granada todavía no se han registrado procedimientos abreviados.

En Jaén, su vicario judicial, Pedro José Martínez, explica que todavía no han tenido casos de procedimientos abreviados, circunstancia que achaca a que a los requisitos, pues las dos partes tienen que estar de acuerdo y, además, tienen que presentar documentación, médica por ejemplo, que certifique que la nulidad es clara.

Según se puede leer en el Motu Proprio, el Papa cita casos concretos para esta opción : «La falta de fe en el sacramento del matrimonio, la brevedad de la convivencia conyugal, el aborto destinado a evitar la procreación, las relaciones extraconyugales, la ocultación de la esterilidad, de una enfermedad contagiosa o de hijos nacidos en una relación anterior, el uso de la violencia para obligar a uno de los miembros a casarse, la locura, el recurso al matrimonio con fines ajenos a la vida conyugal o por embarazo imprevisto...». Si el caso es uno de los que describe el Pontífice y las partes están de acuerdo deberán exponer brevemente, de forma integral y clara, los hechos en los que se funda la petición; exponer las pruebas que puedan ser recogidas por el juez; y exhibir como adjuntos los documentos en los que se funda la petición.

En este sentido, y ante las posible dudas sobre la defensa del vínculo matrimonial, el Papa añade: «No se me escapa, sin embargo, cuánto un juicio abreviado pueda poner en riesgo el principio de la indisolubilidad del matrimonio; precisamente por esto he querido que en tal proceso sea constituido juez el mismo Obispo, que en virtud de su oficio pastoral es con Pedro el mayor garante de la unidad católica en la fe y la disciplina».

En cualquier caso, tal y como pone de manifiesto el vicario de Jaén, la mayor parte de los matrimonios nulos lo son por causas psicológicas, difícilmente evaluables en un proceso abreviado. De este modo, se puede concluir que la mayor parte de las nulidades se obtienen por la vía ordinaria.

Lo que sí está funcionando muy bien es la eliminación de la obligatoriedad de acudir a la segunda instancia, una reforma que está dando sus frutos, pues reduce el proceso entre cuatro y cinco meses. Para explicarlo, el vicario judicial de Jaén afirma que de las sentencias que firmó en los últimos diez años –unas 180– ninguna de ellas fue revocada en segunda instancia, que lo único que conseguía era alargar el proceso. Hoy, no se pierde esa vía, pero queda reservada para recurrir las sentencias.

«Ha parecido oportuno, antes que nada, que no sea más requerida una doble decisión conforme a favor de la nulidad del matrimonio, para que las partes sean admitidas a nuevo matrimonio canónico, sino que sea suficiente la certeza moral alcanzada por el primer juez, a norma del derecho», explicó en su momento el Papa Francisco. Este juez dependerá de cada obispo, cuyo papel sigue siendo el más importante en todo el proceso, como garante de que el procedimiento sea ajustado.

Con todo, y a pesar de que las cifras de nulidades abreviadas no son elevadas, por los requisitos, lo cierto es que la reforma del Pontífice está funcionando en nuestro país, incluso antes de lo que los expertos preveían. Una circunstancia que habla de la preparación de los tribunales eclesiásticos de nuestros país, así como de la voluntad de la Iglesia en su conjunto de ofrecer un mejor servicio y para poner en valor y reforzar el sacramento del matrimonio.