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El Supremo da la razón a ‘Equipo de Investigación’ y Atresmedia frente al expresidente de Corporación Dermoestética

El Alto Tribunal tumba el recurso presentado por el empresario y la sentencia favorable que obtuvo en la Audiencia Provincial de Valencia. Atresmedia, el programa de laSexta y sus responsables son exonerados de intromisión ilegítima al derecho al honor

Gloria Serra, la cara de ‘Equipo de investigación’, en laSexta
Gloria Serra, la cara de ‘Equipo de investigación’, en laSextalarazon

El Alto Tribunal tumba el recurso presentado por el empresario

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de José María Suescun contra ‘Equipo de Investigación’, su directora Begoña Chamorro, su presentadora Gloria Serra y la empresa editora de laSexta, Atresmedia. El expresidente de Corporación Dermoestética ha recibido un duro varapalo a sus aspiraciones en un procedimiento judicial en el que ha vuelto al principio del proceso: la desestimación de su demanda por un presunto delito de intromisión ilegítima al derecho al honor. Aunque con el agravante de imponer las costas del recurso de casación que buscaba una condena más dura contra los actores implicados.

La sentencia del Alto Tribunal es rotunda al considerar la “desestimación íntegra de la demanda” presentada por Suescun. Así, se pone fin a un proceso que comenzó con la denuncia del empresario contra ‘Equipo de Investigación’, su presentadora y su directora así como contra Atresmedia. Según Suescun, el espacio de investigación de laSexta se entrometió de forma ilegítima en su derecho al honor a través del reportaje “El imperio del bisturí”, dedicado a narrar el hundimiento de Corporación Dermoestética y emitido en marzo de 2015.

La reclamación del expresidente de Corporación Dermoestética recibió un varapalo en primera instancia, puesto que el juez, en un auto rotundo, estipuló que el programa cumplía con el requisito de veracidad y, por tanto, desestimó de forma íntegra la demanda de sus abogados, condenándole al pago de las costas. Entre las cuestiones en las que incidió, remarcó el hecho de que Serra fuera la presentadora y no la responsable de los contenidos. Otro tanto sucedió respecto a Antonio García Ferreras, al que, según la sentencia, se demandó en calidad de “director de la cadena Atresmedia Corporación”, lo que supuso un error evidente. Y es que García Ferreras, como quedó acreditado, no tenía competencia sobre ‘Equipo de Investigación’, ya que sus atribuciones directivas quedaban en la dirección de ‘Al Rojo Vivo’ y en la responsabilidad editorial de los Informativos de laSexta. Ante estas situaciones, se tuvo por desistida la demanda planteada contra el periodista, imponiéndole las costas a Suescun.

El empresario no se dio por vencido y presentó un nuevo recurso que llegó a la Audiencia Provincial de Valencia. Fue en esta instancia en la que Suescun obtuvo una condena por intromisión ilegítima al derecho al honor que imponía el pago de 40.000 euros y la retirada del reportaje de las plataformas digitales en las que se hubiera difundido así como la emisión del contenido en el mismo horario de ‘prime time’ en que se emitió.

Sin embargo, ninguna de las dos partes quedó satisfecha y ambas presentaron recurso de casación por motivos diferentes: Suescun, buscando endurecer la sentencia condenatoria; Atresmedia, a la espera de regresar a la sentencia obtenida en primera instancia. La resolución del Tribunal Supremo ha dado la razón al recurso interpuesto por el grupo de comunicación, imponiendo el abono de las costas y retornando a la sentencia que desestimaba la cruzada jurídica del expresidente de Corporación Dermoestética.