Educación
El TSJA condena a la Junta a pagar a las escuelas infantiles una deuda de 2012
El tribunal les reconoce el derecho a cobrar la cuota compensatoria del mes de agosto, como reflejaba el acuerdo firmado. La media por centro es de 5.000 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta de Andalucía a abonar a las escuelas infantiles la mensualidad de agosto de 2012, llamada “compensatoria”, que la Administración andaluza dejó colgada a los centros, a pesar de existir un acuerdo que así lo reflejaba. Tras años de lucha de Coordinadora de Escuelas Infantiles de Andalucía (CEI-A) por la vía judicial, el TSJA reconoce este derecho adquirido por los centros que en aquel momento mantenían un convenio con la Junta para impartir el primer ciclo de Educación Infantil. Asimismo, el Tribunal también contempla la obligación de abonar las diferencias de los comedores que superaron el 75% del aforo entre septiembre de 2012 a enero de 2013.
La presidenta de CEI-A, María del Rosario de la Peña, ha mostrado en un comunicado su satisfacción “por esta victoria en los juzgados, ya que es la recompensa a muchos años de lucha de nuestra organización para que se reconociera este derecho de los centros de primer ciclo de educación infantil que estaban conveniados en aquel momento”. Aunque las cuantías a percibir por las escuelas varían de unos centros a otros, la responsable de Coordinadora estima que “de media podrían suponer unos 5.000 euros, aunque por volumen unos recibirán menos de esa cantidad y otros más”.
Hay que recordar que el 20 de junio de 2011 se adoptó un acuerdo entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Educación, y un grupo de entidades, tanto sindicales como patronales del sector de la enseñanza, para la prestación del servicio público de primer ciclo de educación infantil. Sin embargo, en el curso académico 2011/2012, la Consejería de Educación dejó unilateralmente de abonar las cantidades correspondientes al mes de agosto y el comedor. Ante esto, CEI-A reclamó judicialmente ese incumplimiento. Petición que quedó desestimada tras la sentencia del TSJA negando la “legitimidad” de Coordinadora para pedir las cantidades adeudadas en nombre de los centros.
Posteriormente, el Tribunal Constitucional, resolvió en diciembre de 2019 el recurso de amparo presentado por CEI-A contra la sentencia del TSJA, dando la razón a Coordinadora de Escuelas Infantiles y obligando al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a volver a pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Finalmente, este martes, 28 de abril, CEI-A recibió la notificación de la nueva sentencia del TSJA, que procede a condenar a la Administración demandada a abonar las cantidades correspondientes al mes de agosto en el curso 2011/2012, como se acredita que se venía haciendo con anterioridad, así como las cantidades correspondientes a diferencias de comedor del curso 2012/13 desde septiembre a enero.
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