Tribunales

La Fiscalía insiste tras el procesamiento del ex presidente de la SEPI: no hay delito en el “caso Aznalcóllar”

Pide el sobreseimiento de la causa al no hallar “indicios fundados y suficientes” de que se haya prevaricado

Vista de la mina sevillana de Aznalcóllar
Vista de la mina sevillana de AznalcóllarManuel OlmedoManuel Olmedo

La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla, Patricia Fernández, dio un plazo de diez días a las partes implicadas en la causa en la que se investiga la reapertura de la mina sevillana de Aznalcóllar para que reaccionaran, tras procesar por un delito de prevaricación al ex presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Fernández y a otras ocho personas. La Fiscalía ya lo ha hecho y no para introducir un giro de guión.

En un escrito al que ha tenido acceso LA RAZÓN, pide que se decrete el sobreseimiento provisional del proceso al no hallar “indicios fundados y suficientes de la perpetración de delito”, en línea con lo que ha mantenido desde hace meses.

Sin turbar su discurso previo, el Ministerio Fiscal ha trasladado al órgano judicial su convicción de que, pese a “la amplia y minuciosa instrucción desplegada”, y dado que no se han aportado “nuevos datos o elementos que arrojen indicios sólidos y suficientes”, no hay en qué soportar la comisión de un presunto delito de prevaricación ni de ningún otro tipo que “pueda ser atribuible a las personas que ostentan la condición de investigados” en esta causa, en la que se ha analizado la asignación del yacimiento minero por parte de la Junta de Andalucía a través de un concurso.

La Fiscalía expone, entre otros argumentos, que la prevaricación necesita de la “conducta de la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia”, dicte “una resolución arbitraria en un asunto administrativo”, esto es, exige la emisión de “una resolución en un acto administrativo que sea ilegal o contraria a derecho, bien por falta de competencia”, por “omisión de los trámites del procedimiento”, o porque “su contenido esencial sea tal que no pueda explicarse con argumentos técnico- jurídicos mínimamente razonables”; y que dicha resolución “cause un resultado materialmente injusto y que trate de hacer efectiva la voluntad particular de quien la dicta”. Unos supuestos que, defiende, no se dan en el llamado “caso Aznalcóllar”.

“Todas las personas miembros de la Comisión Técnica y de la Mesa de Contratación que han declarado en calidad de investigados, han manifestado que no han recibido ni de Vicente Cecilio Fernández ni de ningún superior jerárquico indicación, instrucción, orden, ni insinuación siquiera, de cómo debían realizar su trabajo al tiempo de analizar, valorar y puntuar los proyectos que fueron sometidos a su consideración y evaluación”, asevera la Fiscalía en su escrito.