Seguridad
Así es la nueva normativa para poder circular con un patinete eléctrico
Los expertos recomiendan contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles riesgos
Los patinetes eléctricos han visto aumentadas sus limitaciones después de varios años en los que la normativa no dejaba claro cómo y por dónde podían circular. Para evitar más problemas relacionados con la descoordinación de las administraciones y las propias empresas, el Gobierno central ha aprobado una nueva normativa que regula el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que ha entrado en vigor a principios de este año.
Los principales problemas se encontraban en la regulación de su uso en aceras y carreteras. De hecho, eran los municipios y ciudades los encargados de crear una normativa para decidir la forma en la que usar estos dispositivos, que a principios de 2020 superaban el medio millón en España. En este contexto, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado una nueva normativa en la que, entre otras medidas, se redefine el concepto de conductor y se aclara la velocidad máxima permitida para circular.
De entre todas las nuevas regulaciones, existen tres novedades que especialmente hay que tener en cuenta para conducir con seguridad un VMP. Según explica Alfonso Pascual, responsable del Departamento de Riesgos de Empresas de Helvetia Seguros, se ha contemplado que “la velocidad debe estar comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora”, por lo que a partir de ahora “se tendrá que autorregular esa velocidad”, asegura. Hasta ahora, estos vehículos podían alcanzar los 70 kilómetros por hora en espacios urbanos.
Por otro lado, cabe destacar las limitaciones sobre la circulación. Es decir, se ha prohibido expresamente la circulación en aceras, vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías urbanas. Los conductores que utilicen un patinete eléctrico para desplazarse podrán ir por la ciudad siempre que sea por una zona habilitada, como un carril bici, y fuera de las aceras y zonas peatonales.
En lo que se refiere a la propia regulación del conductor, Pascual insiste en que ha quedado “un poco incompleta” porque, por ejemplo, “no se ha regularizado la edad mínima” de la persona que puede conducir el vehículo. No obstante, lo que si queda reflejado en la nueva normativa es que el usuario que utilice patinetes eléctricos tendrá que cumplir una serie de requisitos como cualquier otro conductor. En este sentido, el responsable de Riesgos de Empresas de Helvetia Seguros explica que el usuario “no podrá superar la tasa de alcoholemia, conducir el vehículo después de haber consumido drogas o utilizar un dispositivo móvil mientras conduce”. Sin embargo, cabe destacar en este punto que no es obligatoria la utilización del casco ni de chaquetas reflectantes, como sí lo deben hacer los conductores de otro tipo de vehículos. De forma, que el uso del casco lo establecerá la ordenanza municipal de cada ciudad.
Además, el conductor de patinete ya puede ser sancionado. El importe mínimo de la multa por incumplimiento de la ley puede ser de 500 euros y la retirada del vehículo. No obstante, la sanción puede aumentar dependiendo de la infracción que se cometa.
Por último, esta norma, a nivel nacional, descarta la obligatoriedad de la contratación de un seguro. No obstante, hay municipios que sí lo establecen como requisito obligatorio en sus ordenanzas municipales.
Con la nueva regularización, la utilización de los patinetes se limita casi exclusivamente a los carriles bici, que normalmente no cuentan con las barreras necesarias para impedir que los peatones lo invadan y provoquen accidentes inesperados. Por ello, dado su precio asequible y las coberturas que ofrece el seguro, es mejor tenerlo que afrontar gastos derivados de accidentes y otros incidentes.
Helvetia Movilidad se erige como el producto más competitivo del mercado español para garantizar la Responsabilidad Civil y otros complementos en caso de accidentes. Se pueden contratar tres tipos de seguro: individual, familiar e integral.
La opción individual está concebida para un solo conductor y usuarios de un solo patinete. Pascual informa de que en esta modalidad “se identifica al conductor en la póliza, cuenta con una cobertura de responsabilidad civil hasta 500.000 euros –básica en todas las modalidades– y existe la posibilidad de contratar complementos que cubran los daños al propio vehículo y una garantía de reclamación de daños”.
Por otra parte, la modalidad familiar es, por sus características, una fórmula pionera en España. Presta cobertura a toda la unidad familiar (progenitores o tutores legales e hijos o tutelados que convivan en el domicilio familiar y cuya edad no supere los 25 años). Esta opción “incluye la utilización de cualquier vehículo de movilidad personal para cualquier miembro de la unidad familiar”, asegura Pascual.
Finalmente, la opción integral, además de la garantía de Responsabilidad Civil incluida en la opción individual, incluye un seguro de Accidentes para el conductor. Este seguro excluye los vehículos destinados al alquiler y a actividades comerciales o industriales, de manera que es sólo para título privado. El seguro cubre la Responsabilidad Civil en la que pueda incurrir el asegurado por los daños materiales y personales que pueda ocasionar en su condición de propietario y/o usuario de vehículos de movilidad personal con o sin motor.
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