Tribunales
El hermano del expresidente de Santana alega que “nunca” participó en la empresa ni en las ayudas indagadas
Avisa de que el informe ampliatorio de la UDEF contiene “enormes errores”
Juan Carlos Martínez Martínez, hermano del expresidente de la extinta empresa automilística de Linares (Jaén) Santana Motor Bienvenido Martínez, ha pedido al Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla que su investigación sobre las aportaciones autonómicas a dicha empresa participada por la Administración andaluza “no se dirija contra” él y no se le llame a declarar en calidad de investigado, pues “nunca ha tenido vinculación con la gestión del grupo Santana o similares y nunca ha pertenecido a órgano, consejo ni puesto que tuviera que ver con la concesión de subvenciones”.
En un escrito elevado al Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, comandado por el juez José Ignacio Vilaplana, el abogado Manuel Pérez Cuajares, de Constitución 23, Estudio de Litigación, expone como defensa de Juan Carlos Martínez que tras recibir el informe confeccionado por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), “es preciso poner de manifiesto los enormes errores que el mismo contiene, así como efectuar puntuales e inmediatas consideraciones sobre la investigación realizada y su objeto por afectar a principios constitucionales y derechos fundamentales” de Martínez.
En ese sentido, el letrado indica en este escrito recogido por Europa Press que Juan Carlos Martínez Martínez “no aparece mencionado ni vinculado a nada de lo que constituía el objeto de aquel otro informe (del que el nuevo atestado de la UDEF actúa como ampliación), entre otras cosas porque no participó en la concesión de ningún préstamo o ayuda a la dicha sociedad mercantil ni tampoco participó de ninguna manera en la gestión de dicho grupo, por mucho que el precitado informe policial se empeñe en insinuarlo, por supuesto sin base alguna, a través de un atestado presidido y caracterizado por la graves inexactitudes que contiene y que deslegitiman al mismo”.
Y es que, entre otros aspectos, es “absolutamente erróneo que trabajase nunca en la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Andalucía”, pues en el periodo de autos “trabajaba para la Consejería de Obras Públicas y Transporte, como asesor”; siendo además “totalmente erróneo que haya desempeñado el cargo de secretario de Estado de Política Territorial y Función pública del Ministerio de Política Territorial y función pública”, precisando que entre 2009 y 2010 “fue jefe de gabinete del Secretario de Estado, cosa bien distinta”.
NO ERA JEFE DE GABINETE DE ANTONIO FERNÁNDEZ
Además, avisa de que es “absolutamente erróneo que haya trabajado en la Consejería de Empleo como afirma el atestado” o que fuese jefe de gabinete del que fuera consejero del ramo Antonio Fernández, condenado por el procedimiento específico mediante el cual la Junta de Andalucía orquestó la financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) investigados por irregularidades y ayudas arbitrarias sin publicidad.
Además, Antonio Fernández ha sido condenado por las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), una pieza separada de la macro causa de los ERE.
En ese periodo, según la defensa de Martínez Martínez, el mismo ejercía como jefe de gabinete en la Consejería de Innovación, cuyo titular, Francisco Vallejo, fue condenado en la causa del citado procedimiento específico junto con Antonio Fernández.
NO ERA “CARGO PÚBLICO RELEVANTE”
“No se puede considerar que el puesto de jefe de gabinete sea un cargo público relevante en el sentido que lo pretende el informe, con capacidad de decisión y/o competencia para otorgar subvenciones o toma de decisiones, ya que sus funciones son meramente las de asesorar al respectivo consejero o secretario de Estado, como así se desprende entre otras disposiciones del Decreto 465/2004 de 27 de Julio, por el que se establece la composición y retribuciones del personal eventual adscrito a los Gabinetes de los titulares de las Consejerías de la Junta de Andalucía, al determinar que ‘el personal eventual que integra los Gabinetes de los titulares de la consejerías de la Junta de Andalucía desarrollan las funciones de confianza y asesoramiento especial”, sostiene además la defensa de Martínez Martínez.
De tal modo, la defensa del aludido indica que el mismo “nunca ha tenido vinculación con la gestión del grupo Santana o similares, nunca ha pertenecido a órgano, consejo ni puesto que tuviera que ver con la concesión de subvenciones, nunca ha tenido responsabilidad vinculada con concesión de subvención alguna, nunca ha desempeñado cargo relevante relacionado con organismos competentes en la concesión de fondos públicos, no mantuvo ninguna reunión ni con las empresas aludidas ni otras para ningún tipo de subvención, no conociendo personalmente a los responsables de las mismas”; ni tampoco “ha participado ni tenido conocimiento de la situación o relaciones entre la entidad Santana-Agencia IDEA-Experience Managemet Group SL”.
“UNA CAUSA GENERAL INICIAL”
“En lo que a Juan Carlos Martínez se refiere, nos hallamos ante lo que la doctrina ha llamado una causa general inicial, puesto que las diligencias se han iniciado a los solos fines de descubrir posibles delitos que se hubieran cometido y de los que no se tiene razonable conocimiento indiciario previo”, avisa además la defensa.
Por eso, solicita que el procedimiento no se dirija contra Martínez Martínez y no se le llame a declarar en calidad de investigado, “al no existir méritos para ello, teniendo en cuenta además el enorme daño que tanto personal como reputacional conllevaría tal medida”.
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