Tribunales
Reconocen la prestación de paternidad a una sanitaria por ser familia monoparental
Según la sentencia, el tipo de familia no puede determinar la diferencia de trato
El Juzgado de lo Social de Jaén ha reconocido la prestación de paternidad a una profesional sanitaria de Jaén, que tendrá el derecho de disfrutar de 10 semanas adicionales por ser familia monoparental, que sería el tiempo que correspondería por prestación de paternidad, con los derechos y efectos económicos que corresponden.
La asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería Satse argumentó que los menores han nacido en una familia monoparental, por lo que la actora solicitó la prestación por paternidad, al necesitar continuar en el cuidado de sus hijos, tal y como ha sido reconocido en el fallo de la sentencia.
Según la sentencia, el tipo de familia no puede determinar la diferencia de trato, ya que los hijos nacidos en una familia monoparental tienen derecho al mismo cuidado, atención y protección familiar que tendría si hubieran nacido en una familia biparental y ese reconocimiento es la totalidad de 26 semanas de cuidados.
El pasado noviembre, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional que las madres biológicas que constituyen una familia monoparental no puedan alargar su baja de maternidad más allá de las 16 semanas, porque eso perjudica a su bebé frente al de las familias convencionales.
También el Tribunal Supremo ya reconocido en otras sentencias el derecho a ampliar en 10 semanas la prestación por nacimiento y cuidados del menor en aquellos supuestos en que exista un solo progenitor, acogedor o guardador, siempre que se disfrute del correspondiente periodo de descanso y se acredite el cumplimiento del resto de los requisitos previstos en la ley.
Desde el Satse se ha hecho hincapié en la necesidad que existe aún a día de hoy de seguir avanzando en materia de conciliación familiar, tal y como respalda el fallo de esta sentencia.