Tribunales

El Gobierno navarro se opone a la rebaja de condenas a otros dos miembros de La Manada

José Ángel Prenda y Jesús Escudero han solicitado la reducción de sus penas en aplicación de la conocida como ley del sólo sí es sí

El Tribunal Constitucional inadmite de plano el recurso de los condenados de 'La Manada'
Fotomontaje de los miembros de La Manada. (I-D) Ángel Boza, Antonio Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero.larazonJESÚS PRIETO/ EUROPA PRESS

El Gobierno de Navarra ha presentado ante la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra un escrito de oposición a la revisión de penas solicitada por otros dos de los cinco condenados por el Tribunal Supremo a 15 años de prisión por la violación grupal de los Sanfermines de 2016. En julio de 2024, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la rebaja de 15 a 14 años de la pena decretada en septiembre de 2023 por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) para Ángel Boza, el único de los cinco condenados que lo solicitó.

Ahora, otros dos condenados, José Ángel Prenda y Jesús Escudero, han interpuesto recursos de revisión de sus penas, solicitando la reducción de las mismas en aplicación de la conocida como ley del sólo sí es sí.

Ante esa solicitud, el vicepresidente primero del Gobierno de Navarra, Félix Taberna, ha manifestado que, como acusación popular, creen que "no hay condiciones jurídicas para la reducción de penas" porque, a su entender, "la reducción automática fruto de la retroactividad de las penas no tiene que aplicarse de manera mecánica, sino que hay que estudiarlo".

"Creemos que es un delito con la suficiente gravedad como para mantener las penas tal y como están”, ha añadido Taberna en unas declaraciones difundidas por el Ejecutivo.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenó a los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de violación con las agravantes de carácter degradante o vejatorio y comisión por la actuación conjunta de dos o más personas, a penas de 15 años de prisión e inhabilitación absoluta, prohibición de acercamiento a la víctima a distancia inferior a 500 metros y prohibición de comunicación con la misma durante 20 años, además de 8 años de libertad vigilada.

En su escrito de oposición, la Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra mantiene que la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, no debe aplicarse de forma meramente aritmética o automática para rebajar la pena de cualquier persona penada por delitos de violación.

Los servicios jurídicos sostienen, además, que se debe examinar cada caso de forma individualizada y que, en el caso de 'La Manada', no se impuso, de acuerdo con la normativa que se utilizó en su día, la pena máxima a los condenados.

Asimismo, desde el Ejecutivo Foral entienden que debe atenderse, igualmente, a la gravedad de los hechos.