Animales
¿Se puede ser padre legal de una mascota?
La adopción de una mascota implica cumplir con ciertos requisitos
En España hay unos 30 millones de mascotas, de las censadas 9.300.000 son perros y 1.600.000 son gatos. Así, en un mundo donde cada vez más personas consideran a sus mascotas como verdaderos miembros de la familia, surge la pregunta: ¿se puede ser padre de un animal de compañía?.
A pesar del cariño y la dedicación que muchos dueños brindan a sus mascotas, la ley no reconoce a los animales como hijos. El término "padre" se reserva exclusivamente para la relación entre humanos, ya sea biológica o adoptiva. En este sentido, los dueños pueden aparecer como propietarios en el Registro de Mascotas de su comunidad autónoma, pero sus animales no serán inscritos en el libro de familia, según señala Legalitas. En el caso de cambiar de residencia a otra comunidad autónoma se debe proceder al cambio de inscripción de una comunidad a otra.
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La adopción de una mascota implica cumplir con ciertos requisitos, como ser mayor de edad y tener un hogar adecuado para el animal, ya sea de propiedad o alquiler, siempre y cuando en este último caso no se prohíba por el propietario que residan animales en la vivienda. Además, los adoptantes deben comprometerse a proporcionar los cuidados necesarios y a notificar cualquier cambio en las circunstancias del animal.
Asimismo, los propietarios de mascotas están obligados a prestarle todos los cuidados necesarios y asumir la asistencia veterinaria cuando sea precisa
En cuanto a los permisos laborales, actualmente no existe una legislación que otorgue días retribuidos por la operación o fallecimiento de una mascota. Sin embargo, algunos convenios colectivos o acuerdos de empresa pueden contemplar esta situación, lo que refleja un cambio en la percepción social hacia los animales de compañía.
La ley tampoco regula cómo deben ser tratadas las mascotas en términos de vestimenta o transporte, siempre que se respete su bienestar. Por otro lado, los dueños son responsables de los cuidados y la salud de sus animales, así como de cualquier daño que puedan causar a terceros.
Una de las novedades más significativas en el ámbito legal es la reciente reforma del Código Civil, que reconoce a los animales como “seres vivos dotados de sensibilidad”. Esto permite que, en casos de separación o divorcio, se pueda regular el cuidado y el tiempo que cada parte dedicará a la mascota, así como establecer pensiones alimenticias para cubrir sus necesidades.
Por otra parte, los propietarios de las mascotas no solo han de asumir las obligaciones derivadas de su tenencia como, por ejemplo, el cuidado, la protección, la salud, etc. sino que son responsables de los perjuicios que las mascotas puedan ocasionar a terceros, salvo fuerza mayor o culpa del que lo haya sufrido.