Legislación

¿Puedo darle una patada a un perro que me intente morder aunque vaya con el dueño y atado? Esto dice la ley

El artículo 20.4 del Código Penal español contempla este tipo de situaciones al regular los supuestos de legítima defensa

¿Puedo darle una patada a un perro que me intente morder aunque vaya con el dueño y atado? Esto dice la ley
¿Puedo darle una patada a un perro que me intente morder aunque vaya con el dueño y atado? Esto dice la leyPexels

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha reavivado el debate sobre los límites de la legítima defensa frente a animales y qué dice realmente la ley española en situaciones como esta. Todo comenzó una tarde de diciembre de 2023, cuando lo que parecía un paseo rutinario de dos vecinos con sus perros en la plaza Veiga da Eira de Pontevedra acabó en una trifulca con consecuencias físicas y judiciales para ambos.

Uno de los protagonistas, veterinario de profesión, llevaba a su perro correctamente atado. El problema surgió cuando el perro de otro vecino, que iba suelto y sin control, se aproximó y comenzó una pelea con el primero. Al no poder separar a los animales y tras requerir sin éxito al dueño que controlase a su mascota, el veterinario propinó una patada al perro suelto para frenar el altercado. El dueño reaccionó violentamente, agrediéndole. Ambos hombres terminaron denunciándose mutuamente: uno por maltrato animal, el otro por lesiones.

La justicia ha dado recientemente su veredicto: el veterinario ha sido absuelto del delito de maltrato animal y el otro vecino ha sido condenado por una falta de lesiones. El tribunal ha dejado claro que, en este caso, la acción fue proporcionada y motivada por la necesidad de evitar un daño mayor.

¿Qué dice la ley en España sobre estos casos?

El caso abre una pregunta que muchos se hacen: ¿es legal defenderse físicamente de un perro que nos ataca, incluso si está atado y acompañado de su dueño? La respuesta depende de varios factores, pero la legislación española contempla esta posibilidad, siempre que se actúe dentro de los límites de la legítima defensa.

El Código Penal español, en su artículo 20.4, exime de responsabilidad penal a quien actúe en defensa propia, de otros o de bienes propios o ajenos, siempre que se den los requisitos de:

  • Agresión ilegítima.
  • Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
  • Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Estos criterios también se pueden aplicar en casos que involucren animales. Así lo ha interpretado la jurisprudencia en distintas ocasiones, como en esta sentencia de Pontevedra, en la que se entendió que la patada fue una reacción proporcionada ante una situación de peligro para el perro del veterinario y, potencialmente, para él mismo.

¿Y si el perro está atado?

Aquí la situación se complica. Si el perro está atado, controlado por su dueño y no representa un peligro inminente, cualquier acción violenta hacia él podría considerarse maltrato animal, tipificado en el artículo 337 del Código Penal. Este delito puede conllevar penas de prisión de hasta 18 meses y la inhabilitación para la tenencia de animales.

No obstante, la jurisprudencia tiende a valorar el contexto: si el animal, aunque atado, logra alcanzar y morder a una persona o a otro animal, y la reacción defensiva es proporcional y justificada, es probable que no se considere delito.

¿Qué dice la Ley de Bienestar Animal?

La reciente Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales no regula expresamente la legítima defensa frente a agresiones caninas, pero sí establece el deber de los propietarios de mantener controladas a sus mascotas, incluyendo la obligación de llevarlas atadas en espacios públicos cuando no se trate de áreas específicamente habilitadas.

Por tanto, en el caso de Pontevedra, el tribunal también tuvo en cuenta que el perro agresor estaba suelto en un espacio donde debía ir atado, lo que reforzó la justificación del veterinario.