Energía solar
Autoconsumo eléctrico
En 2015, el RD de Autoconsumo fijó costes para los productores de electricidad con instalaciones por encima de los 10 kW. Nace así el impuesto al sol
Ahora todo suena estupendo: autoconsumo eléctrico, producción fotovoltaica, paneles de gran eficiencia, costes decrecientes y rendimientos crecientes. Sin impuesto al sol y con posibilidades de verter excedentes a la red, y tomar kilowatios de ésta si hay necesidades mayores a la producción. ¡Qué bien! Ya podemos regular el consumo con nuestra producción. Montar una estalación mayor o menor en la casa, o en la finca para elevar agua del pozo, según las propias previsiones. Pero todo esto no siempre fue así. Hubo un tiempo, antes de 2010, en que se preconizó públicamente fomentar la producción de renovables, y sobre todo de fotovoltaicas, con tarifas especiales que aseguraban la rentabilidad. Y miles de familias, por lo menos 60.000, instalaron huertos solares, merced a los ahorros propios, o con créditos bancarios, a base de hipotecar propiedades, empezando por la propia casa.
Y poco después, con el aumento del déficit de tarifa -que llegó a más de 30.000 millones de euros-, se redujeron las cuotas de las fotovoltaicas hasta menos de la mitad de lo inicialmente ofrecido, para así reducir ese colosal quebranto. Ocasionado sobre todo por las jugosas tarifas de las nucleares y otros generadores energéticos del oligopolio eléctrico. Y siguió la situación casi de quiebra o de ruina de los huertos solares, por una política de los sucesivos gobiernos -socialistas y populares- de falta de seguridad jurídica, con efectos retroactivos más que duros para quienes habían invertido años antes. Un fraude desde los propios poderes públicos, que todavía no ha sido subsanado, y que el Tribunal Supremo vino a legitimar inesperadamente (cuatro votos a favor y tres en contra). Cuando en los arbitrajes internacionales del Banco Mundial se fallaba a favor de los denunciantes de la política falaz del Gobierno. Queda todavía por recompensar a las víctimas de esas políticas retroactivas y, si no es en España, tendrá que ser por la Jurisdicción de la UE. Al tiempo.
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