Unión Europea
Mejorando Europa para evitar espacios de impunidad
Si las euroórdenes no funcionan para lo que fueron concebidas, la supresión de las fronteras transnacionales se convertiría en causa de inseguridad para los ciudadanos europeos y en un grave obstáculo para la prevención e investigación de la delincuencia dentro del espacio Schengen.
Por Carmen Serrano
En los últimos días no han sido pocas las voces que se han levantado en contra de una Europa que ha resultado, una vez más, decepcionante, insuficiente e imperfecta. Una Europa en la que confiamos al ceder parte de nuestra soberanía, y que ahora nos impide defender nuestra legalidad. Una Europa que percibíamos como solución, y que ahora se nos presenta como problema.
Las últimas decisiones judiciales acordadas desde Alemania o Bélgica sobre la ejecución de distintas órdenes europeas de detención y entrega dictadas por jueces españoles ponen de manifiesto una seria debilidad del proyecto europeo. La libre circulación de personas no puede amparar espacios de impunidad, ni impedir a los órganos judiciales de los Estados miembros exigir responsabilidades penales por los actos delictivos cometidos en sus propios territorios.
El espacio de libre circulación surgido tras la firma del Acuerdo de Schengen, y que supuso la supresión de los controles en las fronteras interiores, debe integrarse dentro de un espacio europeo de libertad, seguridad y justicia efectivo, no meramente teórico. Porque la Unión Europea debe garantizar la seguridad de todos los ciudadanos, y para alcanzar dicho objetivo resultan necesarias políticas comunes de seguridad y libertad, medidas comunes de prevención de la delincuencia, así como medidas de coordinación y cooperación entre autoridades policiales y judiciales.
Todo ello sin perder de vista, de una parte, que esas medidas de coordinación y cooperación entre autoridades judiciales responden a normas meramente procesales, nunca sustantivas, aprobadas desde la propia Unión Europea. Los delitos cometidos en territorio de un Estado miembro deben ser juzgados por los órganos competentes de dicho Estado y aplicando la normativa interna del mismo, sin que la tramitación de la euroorden pueda suponer de modo alguno una segunda instancia a pronunciarse sobre el fondo del litigio. Las órdenes europeas de detención y entrega deben funcionar como una herramienta eficaz en la prevención, detección e investigación de la delincuencia, y no convertirse en un grave obstáculo para dicho fin.
Si las euroórdenes no funcionan para lo que fueron concebidas, la supresión de las fronteras transnacionales se convertiría en causa de inseguridad para los ciudadanos europeos y en un grave obstáculo para la prevención e investigación de la delincuencia dentro del espacio Schengen.
De otra parte, estas medidas de coordinación y cooperación entre autoridades judiciales deben basarse en criterios de confianza plena y mutua entre las autoridades de los distintos Estados miembros, confianza que es la propia esencia de las políticas comunes y medidas de cooperación, del propio proyecto europeo en sí mismo. Porque si los propios Estados miembros no confían entre ellos mismos, ¿cómo vamos a confiar los ciudadanos en un proyecto común que hace aguas en su propia esencia?
No obstante, que el sistema no sea perfecto no quiere decir que no sirva. Esta imperfección evidencia un síntoma, pero no es la enfermedad. Fuera de Europa ni siquiera sería viable una mala cooperación. Fuera de Europa no desaparecen los riesgos globales, las crisis humanitarias, la delincuencia trasnacional. Fuera de Europa los peligros siguen siendo globales. Por ello, la opción no puede ser salir de Europa, sino exigir una mayor y mejor Europa.
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