Castilla y León
El Consejo Consultivo de Castilla y León, primera institución propia que aprueba el Código Ético y de Austeridad
Se enmarca en la Ley del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración
El Consejo Consultivo de Castilla y León, que preside Agustín Sánchez de Vega, se ha convertido en la primera institución propia de la Comunidad Autónoma en elaborar y aprobar el Código Ético y de Austeridad, que determina los criterios precisos para “garantizar la actuación ejemplar en el desempeño de funciones públicas”.
El Código Ético y de Austeridad, que es de obligado cumplimiento para cualquier alto cargo del Consejo Consultivo y del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, es decir, presidente y consejeros, se inscribe en la Ley 3/2016, de 30 de noviembre, del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
La segunda disposición adicional de esa norma prescribe que cada una de las instituciones propias de la comunidad autónoma de Castilla y León contará con su propio código ético y de austeridad. Los principios y criterios en los que se fundamenta el Código Ético ya aprobado se contemplan en la Ley 1/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León, y en su Reglamento de Organización y Funcionamiento, de 5 de febrero de 2014, e inspiran las normas de conducta de sus altos cargos desde el comienzo de la actividad de esta institución.
En cualquier caso, “para evitar su dispersión en distintos textos normativos y hacer efectivo el contenido de la disposición adicional citada”, se ha elaborado el Código Ético que recoge “en un único documento” los principios de actuación, según precisaron fuentes del Consejo Consultivo de Castilla y León.
Los principios de actuación son la objetividad, por lo que los consejeros y el presidente desempeñarán sus funciones públicas sin incurrir en conflictos con intereses particulares o ajenos a los fines de la Institución; independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, por lo que no formarán parte de las mesas de contratación ni de órganos de selección de puestos para empleados públicos; transparencia, a través de la adopción de sus decisiones conforme a criterios que puedan ser accesibles y conocidos por los ciudadanos, y ejemplaridad que evite cualquier acción u omisión que menoscabe el prestigio de la Institución o que le reste legitimidad, credibilidad o auctoritas.
Igualmente se contemplan la austeridad, mediante la racionalización del gasto y la defensa de los recursos públicos, y la eficacia y eficiencia para el cumplimiento de los fines de la Institución, empleando los menores recursos públicos.
El Código Ético obliga a los cargos a realizar sus funciones respetando la Constitución, el Estatuto de Autonomía, la Ley del Consejo Consultivo de Castilla y León y el resto del ordenamiento jurídico. Además, tendrán que impedir cualquier actuación que pueda producir discriminación, promover la igualdad entre mujeres y hombres, fomentar la inclusión de las personas con discapacidad, contribuir a la cohesión social y territorial y, entre otros, cuidar especialmente el trato y la atención a los ciudadanos, a sus organizaciones representativas y a las administraciones consultantes.
Por otra parte, rendirán cuentas de su gestión facilitando que los órganos de control interno y externo puedan evaluar decisiones y actuaciones conforme a criterios objetivos, y colaborarán activamente en la evaluación de las políticas públicas, de los planes y programas que permitan analizar su calidad, eficacia y eficiencia para la consecución de los objetivos previstos, según las mismas fuentes.
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