Laboral
Compensaciones a los afectados por un ERTE ante la pérdida de poder adquisitivo
Empleo e Industria convoca ayudas de hasta 630 euros por trabajador que se haya encontrado en esta situación entre octubre de 2019 y septiembre de 2020
Buenas noticias para los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo temporal (ERTEs) que hayan estado en esta situación entre octubre de 2019 y septiembre de 2020. Y es que el Gobierno que preside Fernández Mañueco pone a su disposición nuevas ayudas complementarias dirigidas a paliar de alguna forma y compensar la pérdida de poder adquisitivo que han sufrido en este tiempo, y especialmente en pandemia.
Así, desde el 19 de abril y hasta el 18 de mayo estos trabajadores podrán solicitar estas ayudas que, además, serán retroactivas, con siete euros al día como máximo, y hasta 630 euros en total como límite, en una convocatoria dotada con cinco millones de euros
La Consejería de Empleo e Industria que dirige Ana Carlota Amigo publica este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad, el Bocyl, esa convocatoria de ayudas dirigidas a compensar la pérdida de poder adquisitivo sufrida por los trabajadores que se hayan visto afectados por un expediente temporal de regulación de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
Los fijos discontinuos que hayan visto suspendido su contrato podrán también requerir estas subvenciones que hayan visto su contrato suspendido, total o parcialmente, durante un periodo de al menos 45 días, entre el del 1 de octubre de 2019 y el 30 septiembre de 2020, siempre que el centro de trabajo donde presten sus servicios no supere los 250 trabajadores y la base de cotización no exceda de 1.600 euros mes por contrato a tiempo completo, según informan fuentes de Empleo e Industria.
Los beneficiarios recibirán siete euros por cada día que hayan estado en esta situación, en caso de contrato de jornada completa, o su parte proporcional si el contrato o la suspensión de jornada es a tiempo parcial, con un límite de 630 euros por trabajador, equivalente a 90 jornadas completas.
Las ayudas se concederán por concurrencia competitiva y se dará prioridad en primer lugar a las solicitudes de aquellos trabajadores con menor base de cotización, en segundo lugar tendrán preferencia los trabajadores que tenga un mayor número de días de suspensión o reducción de jornada como consecuencia de uno o varios expedientes de regulación de empleo.
Los interesados deberán presentar su solicitud, junto con los anexos correspondientes, en el modelo de formulario que se encuentran a su disposición en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, desde donde debe realizarse la petición.
La solicitud podrá presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad o de forma presencial. Para ello será necesario cumplimentar previamente el formulario de solicitud disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, donde se le asignará un número de referencia.
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