Tribunales

Los acusados del incendio mortal de Horta de Sant Joan aceptan penas de 4 años de cárcel

Cinco bomberos murieron el fuego declarado en el año 2009

Los acusados por el incendio de Horta de Sant Joan, en el juicio
Los acusados por el incendio de Horta de Sant Joan, en el juicioEFE

Los acusados por el incendio de Horta de Sant Joan (Tarragona) de 2009 no irán a juicio. Cuando se cumplen 12 años del fuego en el que murieron cinco Bomberos GRAF Lleida y uno resultó herido grave, las partes, la Fiscalía de Tarragona, la Generalitat como acusación particular y los acusados, han llegado a un acuerdo de conformidad y los pirómanos han aceptado penas 4 años y un día de cárcel, uno, y de 3 años, 9 meses y un día de internamiento el otro, como han confirmado fuentes del ministerio fiscal.

Se les condena por los delitos de homicidio por imprudencia, lesiones y también el del incendio forestal. Se mantienen, por otra parte, las indemnizaciones que se les reclamaban en el escrito de conclusiones y que se elevan a cerca de 9 millones de euros.

Antonio Paz y Lorenzo Forner fueron los responsables de un delito de incendio forestal en concurso con cinco de homicidio (fallecieron cinco bomberos del GRAF de Lleida). La fiscalía reclamaba para cada uno de los imputados 19 años de prisión.

El 20 de julio de 2009, Paz y Forner, dos antiguos aspirantes a bombero, prendieron un fuego en medio de una zona boscosa del parque natural de Els Ports. Era plena canícula estival. En su día declararon que no valoraron el peligro que la hoguera podía acarrear y que en ningún momento les movió una voluntad pirómana.

Sin embargo, cuando fueron detenidos, meses más tarde, los Mossos hallaron al menos 15 fotografías donde los acusados aparecen retratados, con apariencia de poca preocupación, delante de una columna de humo. Cinco bomberos de una unidad de élite perecieron al quedar acorralados tratando de apagar el fuego. Un sexto bombero sufrió heridas de gravedad.

Según la Fiscalía, los retrasos no imputables a los acusados ya hacían rebajar la pena en dos grados con respecto al escrito de conclusiones iniciales del magisterio fiscal, que solicitó 19 años de cárcel. Los abogados de los acusados ya habían advertido que en caso de ir a juicio pedirían la pena mínima rebajada en dos grados por el retraso en el procedimiento, un retraso que se fue acumulando desde la instrucción.

Después de dos años de investigaciones, la Audiencia de Tarragona aceptó el sobreseimiento de la causa contra Carles Font, el mando Delta 0 durante la extinción del incendio, y acordó, a petición de Fiscalía, celebrar la vista oral por el procedimiento sumario ordinario, dada “la complejidad del caso”.

Las defensas de los dos presuntos pirómanos se opusieron porque suponía la celebración del juicio con un tribunal profesional en la Audiencia de Tarragona, en aplicación del actual Código Penal.

Las defensas de Juan Antonio Paz y Lorenzo Forner recurrieron dos veces esta decisión, dos recursos que rehusó la Audiencia de Tarragona, pero que aceptó el Tribunal Supremo. El alto tribunal argumentaba que, a pesar de la reforma del Código Penal del año 2015, tenía que prevalecer la ley vigente en el momento en que se cometieron los hechos (julio del 2009) y que preponderaba el “delito fino”, en este caso, el delito de incendio forestal a los cinco delitos de homicidio por imprudencia y al de lesiones por imprudencia, por los bomberos muertos y heridos en el fuego.

Con esta decisión Supremo, la Audiencia de Tarragona tenía que rehacer el proceso desde la instrucción. La causa volvió al juzgado de Gandesa en mayo del 2018, nueve años después del fuego, y la instrucción se resolvió en 2019 para pasar a la apertura del juicio oral por un delito de incendio forestal, en “concurso ideal” con cinco homicidios imprudentes y un delito de lesiones imprudentes.