La Sala

Los juzgados de lo Mercantil y los retos de la pandemia

Desconocemos si habrá una avalancha de procedimientos concursales, o si los concursos serán de empresas «zombies»

Ciudad de la Justicia de Valencia
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Se hace muy difícil escribir sobre algo sobre lo que uno no tiene ni idea. Lo que digo, ni idea. No sabemos qué retos derivados de la crisis económica en ciernes se nos presentarán en el corto plazo. Desconocemos si habrá una avalancha de procedimientos concursales, o si los concursos que se presenten en esa avalancha lo serán casi en su totalidad, de empresas ya «zombies», puramente liquidativos de su patrimonio, y sin ningún empleo que salvaguardar.

Si algo puede describir el ánimo de los jueces que estamos al frente de los Juzgados de lo mercantil es el de pesadumbre ante una labor que se prevé totalmente ingrata a la vuelta del verano. Y no porque no nos guste nuestra dedicación, sino precisamente por eso. Los Jueces de lo mercantil somos unos apasionados del mundo de la empresa, del emprendimiento, y del Derecho concursal, que ocupa el noventa por ciento de nuestro tiempo; y estamos convencidos de que el uso temprano de los instrumentos pre-concursales ayuda a mantener empresas viables.

Pero las sucesivas prórrogas de la ya conocida como «moratoria concursal» (adoptada en primer lugar hasta diciembre de 2020 y conforme a las prórrogas establecidas hasta marzo de 2021, por tres Reales Decretos-Leyes números 8, 16 y 34 /2020 enmarcados en la legislación de urgencia COVID-19, y la Ley 3/2020) parece que aleja cada vez más de nuestras capacidades la propia de ayudar a empresas viables a mantenerse a flote.

Me explico. O intentaré explicar lo inexplicable; veamos: a pesar de disponer de una casi nueva Ley concursal –el Texto Refundido de la Ley concursal entró en vigor el 1 de septiembre pasado- y de una Directiva UE 1023/2019, de 20 de junio, sobre mejora de la eficiencia de los procesos concursales, de los de reestructuración temprana de deuda y de la exoneración de (y que había de transponerse a nuestro ordenamiento antes del mes de junio de 2021), todos los que nos dedicamos a esta parcela del Derecho mercantil nos hemos topado con una oportunista nueva norma, el RD-Ley 5/2021, de 12 de marzo, que pospone una vez más –y hasta diciembre de 2021, en el mejor de los casos, la obligación de las empresas insolventes, no ya de declararse en concurso de acreedores, sino de anunciar que tienen intención de hacerlo (en este último caso, la protección puede llegar hasta el mes de junio de 2022).

No acaban ahí nuestras penas: otro jarro de agua fría: el Reino de España ha solicitado, en enero de 2021, prorrogar el plazo de transposición de la antecitada Directiva por un año más; y lo hace justificando lo injustificable, cual es la especial dificultades para transponerla, cuando lo cierto y verdad es que el Texto refundido de la Ley concursal ya se autoproclama, en su preámbulo, como «la base idónea para acometer de forma más ordenada, clara y sistemática esa inexcusable transposición, tarea que, ya por sí misma, reviste extraordinaria dificultad». Nuestro refundidor proclamaba solemnemente esto en el BOE de 7 de mayo de 2020, que es cuando se publicó el nuevo Texto refundido de la Ley concursal. Los Jueces de lo mercantil seguimos sin entender nada.

La «moratoria concursal» únicamente se justifica en dos razones: la primera, en la imposibilidad del Gobierno de dar ayudas directas a las empresas, que es lo que ha hecho nuestro entorno más cercano (Alemania, Francia e Italia), tomando como referencia un porcentaje de la facturación del ejercicio 2019. Y la segunda, en las dificultades propias de gestionar las ayudas europeas, que no acaban de llegar y creo que no se sabe qué hacer con ellas. Y mientras tanto, el Estado gasta ya 480 millones de euros al día en pensiones, desempleo y ERTE´S.

Si no es por lo dicho, es totalmente incomprensible que la moratoria concursal no venga acompañada de una mejora de los mecanismos de reestructuración de deuda exigidos en la Directiva UE 1023/2019.

Como recientemente ha declarado el Presidente de la Patronal CEOE, el Sr. Garamendi, el tejido empresarial no va a llegar al final de la moratoria con problemas de liquidez, sino de insolvencia. Y en ese estado, es muy difícil confiar en que los Jueces de lo mercantil podamos hacer nada ya para salvar puestos de trabajo, o para evitar daños irreparables en nuestro tejido empresarial. Ciertamente, se han creado nuevos Juzgados de lo mercantil, se ha avanzado en la Justicia online, en el teletrabajo, y se han aprobado planes de refuerzo. Ello es loable, pero todas esas actuaciones, bien empleadas, únicamente lograrán el que nuestros colapsados juzgados se pongan al día durante esta moratoria; desgraciadamente, para comenzar, con todo éxito, una nueva etapa de colapso. Y lo pagarán los de siempre. Los más vulnerables.