Finanzas

1,5 millones de hipotecados podrían reclamar hasta 40.000 millones a la banca

Si la resolución de la Justicia de la UE sobre las hipotecas ligadas al IRPH es desfavorable, podría afectar a la rentabilidad de la banca. La cifra final dependerá de la retroactividad que marquen los jueces, el número de demandas y del porcentaje reclamado respecto al euribor

El euribor continúa su línea ascendente
El euribor continúa su línea ascendentelarazon

La banca y los españoles con una hipoteca con el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) sobre sus hombros esperan con ansiedad una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que puede costar a las entidades financieras más de 40.000 millones de euros –según cifras barajadas por Goldman Sachs para el peor de los escenarios. Otras fuentes, como Asufin, cifra el descalabro en 25.000 millones; la CNMV reduce la exposición a 17.000 millones y Morgan Stanley lo minimiza a apenas 3.000 millones bajo el panorama más positivo– y poner en riesgo los balances de sus cuentas a final de año.

Después de los varapalos sufridos con el impuesto de actos jurídicos documentados –que ahora deben asumir los bancos– y con la supresión de las cláusulas suelo –que en la mayoría de los casos denunciados están obligados a devolver–, ahora puede llegarles otra mala noticia por las hipotecas con IRPH. El TJUE decidirá en los próximos días si ese índice –el segundo de referencia más usado en las hipotecas en España tras el euríbor– queda exento de cualquier tipo de control de transparencia, como ya dijo el Tribunal Supremo en una sentencia de 2017.

Si fuera así, los bancos estarían expuestos a cientos de miles de reclamaciones, cuyo importe podría ser abonado con carácter retroactivo. Por ello, la futura sentencia de la Justicia europea podría afectar a la rentabilidad de los bancos afectados si finalmente declara nulas las cláusulas que incluyen este índice.

Ya lo advirtieron el pasado mes de julio en un informe la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE), que recordaba que España debe devolver todavía el 75% de los 41.300 millones del rescate. «Aunque los costes vinculados con litigios sobre deuda preferente o acciones ya están pagados o provisionados, pueden emerger riesgos potenciales en costes administrativos o índices de interés aplicados –como lo es el IRPH– y, dependiendo de futuras decisiones judiciales, podrían afectar a la rentabilidad de algunos bancos», reza el texto de las instituciones europeas.

El documento también subraya que la nueva ley hipotecaria española, que entró en vigor a mediados de junio y que incluye cláusulas para aumentar la transparencia y aumenta el número de meses de impago antes de que se ejecute un crédito, podría encarecer indirectamente los costes de la financiación hipotecaria. En concreto, el texto señala que la aplicación de la recientemente aprobada legislación hipotecaria «puede tener efectos mixtos» en el crédito del mercado hipotecario. Así, apunta que la normativa armoniza algunas cláusulas de los contratos hipotecarios, lo que conlleva un incremento de la transparencia, y define que la extensión de los plazos de ejecución hipotecaria «podría resultar en un incremento indirecto de los costes de la financiación hipotecaria».

Serían cerca de 1,5 millones las hipotecas a las que podría afectar la sentencia del TJUE y podrían reclamar la desaparición del índice y la devolución de las cantidades pagadas de más con respecto al euríbor con carácter retroactivo. El montante a devolver dependerá de la retroactividad que marquen los jueces, el número de demandas y del porcentaje reclamado.

El IRPH pasó a ser uno de los índices más utilizados cuando la volatibidad del euríbor vivió su momento más álgido, en 2007, justo antes del estallido de la burbuja inmobiliaria. El Gobierno de Mariano Rajoy derogó en 2013 el antiguo IRPH-Cajas y cambió la configuración del método de cálculo del IRPH-Entidades. Este índice se cuantifica con la media de todos los tipos de interés de los préstamos hipotecarios del sector financiero. Por ello, el IRPH –ahora mismo en el en el 1,84%– siempre será más elevado que el euríbor–que alcanzó en agosto el 0,356%–.

Las conclusiones del abogado general del TJUE están previstas para el próximo 10 de septiembre, pero no serán vinculantes y para conocer el fallo definitivo habrá que esperar a la sentencia que llegará, presumiblemente, antes de final de año.

Este mismo tribunal ya rechazó el pasado mes de julio el mantenimiento parcial de una cláusula de vencimiento anticipado, declarada abusiva, suprimiendo los elementos problemáticos. Los jueces se pronunciaron sobre las cuestiones prejudiciales, planteadas por un juzgado de Fuenlabrada (Madrid) y otro de Santander por sus dudas sobre las cláusulas de vencimiento anticipado de un préstamo en caso de impago de una sola cuota de amortización o intereses. El tribunal señaló que las cláusulas controvertidas deben considerarse abusivasporquepermiten a la entidad financiera declarar el vencimiento anticipado del contrato y exigir la devolución del préstamo en caso de que el deudor deje de pagar una cuota mensual.

La normativa europea permite que el juez nacional suprima la cláusula abusiva sustituyéndola por una disposición de derecho nacional en los casos en que la declaración de nulidad de la cláusula obligue al juez a anular todo el contrato, lo que expondría al consumidor a consecuencias especialmente perjudiciales. En el caso de un contrato de préstamo, la anulación tendría en principio el efecto de hacer inmediatamente exigible el pago del importe de lo pendiente de devolución, en una cuantía que puede exceder la capacidad económica del consumidor.

La Fiscalía acusa a la ex cúpula de Bankia de ejecutar un plan para ocultar a los auditores el deterioro financiero

La Fiscalía Anticorrupción aseguró ayer que en el grupo BFA-Bankia hubo una estrategia interna para obstaculizar la labor del auditor externo y que no aflorasen determinados deterioros en las cuentas del ejercicio 2011. La fiscal Carmen Launa continuó exponiendo los motivos por los que ha añadido a su acusación en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia el delito de falsedad contable, centrándose ayer en las cuentas del ejercicio 2011 formuladas en marzo de 2012 y que fueron objeto de reformulación dos meses después. Launa defendió que la alteración de las cuentas de 2011 se basó en un «concierto» entre el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, y su número dos, Francisco Verdú, y las áreas de intervención y supervisión del grupo, que orquestaron «una carrera de obstáculos» para «evitar el afloramiento de deterioros». El Ministerio Público acusó directamente al interventor del banco, Sergio Durá, y al exresponsable de auditoría interna Miguel Ángel Soria, de tratar de «evitar la entrega de las tasaciones de activos inmobiliarios, de los inventarios y de los estados financieros».