Autónomos

Adiós a los falsos autónomos

El Gobierno inicia la tramitación de la ley para proteger a estos trabajadores con un salario mínimo y una jornada máxima

Un repartidor de Deliveroo por las calles de Madrid
Un repartidor de Deliveroo por las calles de Madridlarazon

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado la tramitación de una nueva ley que regule el trabajo de los denominados “falsos autónomos” mediante la consulta pública del nuevo proyecto normativo para reformar el trabajo por cuenta propia y ajena a través de plataformas tecnológicas. El departamento de Yolanda Díaz, que desde hoy ha puesto en consulta pública el inicio de la tramitación de la nueva norma para que los interesados puedan enviar sus propuestas hasta el 22 de junio, afirma que el uso de medios tecnológicos o digitales no puede “desvirtuar” la naturaleza de la actividad prestada, ni todas las actividades prestadas con el apoyo de instrumentos digitales responden a los mismos presupuestos ni tienen el mismo objetivo.

El debate que subyace a esta nueva norma que quiere aprobar Trabajo es si algunos colectivos como los “riders” -repartidores de compañías como Deliveroo o Glovo- pueden ser considerados o no “falsos autónomos”, como ya indican algunas sentencias, aunque otros tribunales no lo consideran así. Díaz ha defendido desde el principio que, en opinión de su departamento, se trata de “falsos autónomos”, por lo que se ha comprometido a regular estas nuevas formas de trabajo para garantizar su protección laboral.

Mismas reglas

Para Trabajo, los nuevos modelos de negocio online deben estar sometidos “a las mismas reglas” que los modelos de negocio clásico para “equiparar” los modelos de producción clásicos o tradicionales y los nuevos modelos tecnológicos o informáticos. De ahí la necesidad, según Trabajo, de articular “de manera segura y con las certezas necesarias” una realidad económica nueva que debe garantizar la protección de quienes son trabajadores, aun cuando puedan prestar servicios de un modo que se aparta del tradicional (trabajo esporádico, sin lugar físico determinado, sin horario establecido, etc.), pero que están “sometidos al control” de la prestación y a un poder informático y tecnológico de nivel superior sobre los procesos y los resultados. En este sentido, Trabajo asegura que la cobertura y protección de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de estos modelos de negocio es “capital”, puesto que la distinción entre trabajadores por cuenta ajena y trabajadores por cuenta propia lleva consigo la aplicación de regímenes jurídicos distintos basados en el reconocimiento de situaciones subjetivas concretas.

En concreto, el departamento de Díaz quiere asegurar para estos trabajadores la garantía de un salario cuyo suelo viene determinado por una norma legal, un tiempo de trabajo máximo junto a periodos mínimos de descanso, derechos asociados a la extinción del contrato de trabajo, el derecho a unas condiciones de trabajo seguras y saludables o el ejercicio de derechos colectivos con las garantías de indemnidad precisas, entre otras. “Se trata de proporcionar una regulación suficiente que dé respuestas adecuadas al fenómeno descrito aclarando la existencia de auténticas relaciones subordinadas y dependientes prestadas dentro del círculo rector y organizativo de la empresa”, subraya Trabajo, que añade que la nueva norma trata también de evitar el “uso desproporcionado de soluciones judiciales a veces contradictorias”, con la inseguridad jurídica y la desprotección que esto genera para los trabajadores afectados.