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Acaba el plazo para solicitar la moratoria hipotecaria: ¿qué hago si no puedo pagar?

El Gobierno ha decidido no ampliar la moratoria hipotecaria ni la prohibición del corte de suministros como agua, luz o gas a familias vulnerables. Ambas medidas vencen este mes de septiembre

Imagen de archivo de una hucha
Imagen de archivo de una huchalarazon

El plazo para pedir la moratoria hipotecaria llega a su fin, pero los casos de familias que no pueden hacer frente a los pagos no desaparecen. El Gobierno ha decidido no ampliar las moratoria hipotecaria -cuyo periodo de solicitud acaba este 29 de septiembre- ni la prohibición del corte de suministros como agua, luz o gas a familias vulnerables -su percepción finaliza el 30 de septiembre- . Si bien ha acordado ampliar hasta el 31 de enero de 2021 la prohibición de desahucios y subidas “abusivas” en el alquiler de vivienda, al tiempo que amplía la cobertura del bono eléctrico con una reforma hasta el 31 de julio.

El pasado mes de julio se prorrogó la moratoria hipotecaria de la vivienda habitual hasta final de septiembre. Esta medida excepcional, que se aprobó en marzo para proteger a las familias vulnerables durante la crisis de la Covid-19, permitía acceder a una carencia total de las cuotas durante un mes, periodo que más tarde fue ampliado a tres meses y que la mayoría de bancos del país, sobre todo los que forman parte de la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), ampliaron hasta los 12 meses. La crisis económica y sanitaria continúa, y las familias que no puedan pagar la hipoteca ya acabado el plazo para solicitar la moratoria seguirán siendo muy numerosas. Para todas ellas, el comparador online Helpmycash cuenta con una guía de medidas previas que pueden adoptar todos estos afectados para intentar evitar una ejecución hipotecaria. ¿Cuáles son sus opciones?

Hablar con el banco

La primera de ellas es hablar con el banco y explicarle su situación. Si prevé que puede atravesar una época de vacas flacas en breve, puede negociar tres alternativas que le ayuden a ir más desahogado:

1. Ampliar el plazo de la hipoteca

De esta manera, conseguirá que se reduzca el importe de la cuota mensual. No obstante, debe tener en cuenta que el coste final de la hipoteca será mayor, ya que al aumentar el número de años también se incrementan los intereses. Además, Helpmycash señala que esta es una buena vía cuando aún no tiene cuotas impagadas. Si su situación ya es mala y ha dejado de pagar, es probable que el banco no le conceda una ampliación de plazo.

2. Solicitar una carencia de hipoteca, total o parcial

Durante un periodo determinado pagará menos cuota o, directamente, no pagará nada. La mayoría de las entidades bancarias conceden una carencia de hasta tres años, pero la mayoría de los bancos no lo contempla en el contrato, así que tendrá que negociarlo. Existen tres tipos de carencias: de capital (no se paga el capital de la casa, pero sí los intereses), de interés (se paga el capital de la vivienda, pero no lo intereses) y total (se deja de pagar toda la hipoteca). Hay que tener en cuenta que la más fácil de conseguir es la carencia de capital.

3. Reunificar todas sus deudas en un único préstamo con garantía hipotecaria

Si cuenta con varios préstamos y no puede hacer frente a todos ellos, también cabe la opción de reunificar todas las deudas en el crédito hipotecario. De esta forma contará con una única cuota, con un plazo mayor y un interés menor. Otra opción para reunificar las deudas es cancelar la hipoteca y abrir una nueva que reunifique todos los préstamos, aunque esta alternativa puede salir más cara.

Alquilar o vender

Si no consigue que le concedan ninguna de las anteriores, el siguiente paso que puede dar es alquilar o vender la vivienda. Una forma de abonar la cuota hipotecaria si dispone de alguna otra vivienda (familiar, amigos o segunda vivienda) es alquilarla de forma completa. También tiene la opción de alquilar habitaciones y compartir piso para así poder pagar la hipoteca a final de mes. Vender la casa es una solución más drástica, ya que no será temporal, como ponerla en alquiler hasta que su situación económica mejore. Además, actualmente los precios de venta han bajado y la venta se puede dilatar en exceso, hasta más de un año.

Estas soluciones están contempladas para personas que aún disponen de liquidez pese a atravesar un momento difícil. No obstante, si su situación es más crítica, Helpmycash propone las siguientes soluciones:

Código de buenas prácticas

El Código de Buenas Prácticas es un conjunto de medidas que los bancos adheridos a él deben aplicar para reestructurar la deuda de los hipotecados con una situación económica vulnerable. Estas medidas están diseñadas para evitar que se inicie el proceso de ejecución hipotecaria y son las siguientes:

Las medidas previas posibles consisten en aplicar una carencia parcial de cinco años (solo pagaría los intereses), ampliar el periodo de amortización hasta los 40 años desde el momento de la firma de la hipoteca (se reducen las mensualidades) y rebajar el tipo de interés a euríbor más 0,25% durante la carencia.

Las medidas complementarias y sustitutivas se aplican cuando las actuaciones anteriores no son suficientes. Estas pasan por solicitar una quita del capital pendiente, que podría ser del 25% de la deuda y la última vía para saldar la deuda sería la dación en pago, es decir, entregar la vivienda a cambio de que la hipoteca desaparezca. Helpmycash señala que si se acaba solicitando esta medidas, podrá permanecer dos años en la vivienda en modalidad de alquiler social.

Eso sí, para acogerse a ellas debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Los ingresos conjuntos de los miembros de la unidad familiar no pueden superar por tres veces el IPREM (cuatro veces si uno de los miembros tiene una situación de discapacidad o dependencia).
  • La unidad familiar debe haber sufrido “una alteración significativa de sus circunstancias económicas” en los últimos cuatro años.
  • La cuota de la hipoteca tiene que superar el 50% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.

Para que se apliquen las medidas complementarias y sustitutivas, será necesario:

  • Que los miembros de la familia no tengan bienes o derechos patrimoniales suficientes para pagar la deuda.
  • Que la hipoteca recaiga sobre la única vivienda en propiedad del titular o titulares.
  • Que el préstamo hipotecario no tenga más garantías reales o personales y que, en caso de tenerlas, el titular no pueda aportarlas para hacer frente a toda la deuda.
  • Los codeudores que no formen parte de la unidad familiar tienen que cumplir también los requisitos citados para que se apliquen las medidas complementarias y sustitutivas.