Consumo

Si tengo calefacción central, ¿la nueva ley me obliga a poner contadores individuales?

La nueva ley obliga a instalar contadores individuales a los edificios con calefacción central construidos antes de 1998

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RadiadorLa Razón

Tras varios años de retraso, el Gobierno aprobó el Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios. Este decreto es que obliga a instalar contadores individuales en cada vivienda o local a aquellos que tengan calefacción central.

Se ha decretado esta medida para repartir de forma justa y equitativa el gasto derivado del consumo entre cada uno de los hogares que comparten una calefacción centralizada. De este modo, cada vecino pagará en función de su consumo. Además, esta decreto ha sido aprobado porque se estima que se va a conseguir un ahorro medio energético en las viviendas de un 24%,

¿Qué viviendas con instalaciones de calefacción centralizadas están obligadas a poner contadores individuales?

El decreto obliga a instalar contadores individuales a aquellos edificios con calefacción central construidos antes de 1998 (los construidos a partir de esa fecha ya tenían la obligación de poner estos contadores). Cabe destacar que solo es obligatoria cuando la instalación de los contadores individuales sea viableen función de las características de la instalación y compense económicamente, referido a si el coste de poner los contadores se compensa con el ahorro de energía en 4 años.

Además, están exentas las zonas consideras como más cálidas del país, definidas en el Código Técnico de la Edificación como a, A y B.

¿Hasta cuándo tengo de plazo para instalar los contadores individuales?

El margen para llevar a cabo la instalación de los contadores individuales es hasta 2022 o 2023, en función de la región en la que vivas y el número de viviendas que tenga el edificio. En primer lugar, la comunidad tiene que solicitar un estudio para comprobar si la instalación es viable en términos infraestructurales y económicos. En caso de ser válida la instalación los contadores individuales tienen que estar activo en un plazo de 15 meses desde la fecha de realización de dicho estudio.