Trabajo

Estas son las fechas clave para cambiar de tramo en el nuevo sistema de cotización de autónomos

En 2023 las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 hasta un máximo de 500 euros al mes

El 66% de los padres suele estar en uno o más de estos grupos
El 66% de los padres suele estar en uno o más de estos gruposPEXELSPEXELS

La nueva cuota de autónomos es ya una realidad. Desde el comienzo de 2023 se ha establecido el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia en función de sus ingresos reales. A partir de este año y, de forma progresiva -durante tres años- se establecerán 15 tramos que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como “muy tarde” en nueve años, hasta 2032, tal y como explican desde la Seguridad Social. Por tanto, aquellos con menos ganancias rebajarán su cuota, mientras que se incrementará en el caso de los que más ganen.

En este contexto, las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 hasta un máximo de 500 euros al mes en 2023; al año siguiente, las cotizaciones se encontrarán entre los 225 y 530 euros; y finalmente de los 200 a los 590 euros al mes en 2025,siempre en función de los rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.

Por tanto, si los rendimientos no se mantienen estables y se encuentran por encima o por debajo de lo previsto, estos trabajadores por cuenta propia podrán modificar dicha cuota para que así se ajusten a los declarados. En este sentido, los autónomos podrán seleccionar una nueva base de cotización hasta seis veces al año, es decir, cada dos meses para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año y de su actividad profesional.

A lo largo de este mes y hasta el 28 de febrero, los autónomos podrán solicitar a la Seguridad Social la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan obtener de promedio mensual a lo largo del año 2023. Las modificaciones podrán hacerse efectivas en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo de 2023: En esta fecha se abrirá el plazo para comunicar los cambios de tramo que entrarán en vigor en mayo si la solicitud se realiza entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo de 2023: Si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril, los posibles cambios de tramos entrarán en vigor en julio.
  • 1 de julio de 2023: Si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio, los cambios de tramos entrarán en vigor en el mes de septiembre.
  • 1 de septiembre de 2023: Si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto, estos posibles cambios de tramos entrarán en vigor en el mes de noviembre. La Seguridad Social sostiene que “se trata del último cambio con efecto en las cuotas a abonar en 2023″.
  • 31 de octubre de 2023: Este será el último día para comunicar las actividades y participación en sociedades para los autónomos que estuvieran dados de alta antes del 1 de enero de 2023.
  • 1 de noviembre de 2023: En esta fecha se abrirá un nuevo periodo para comunicar un cambio y este entrará en vigor en enero de 2024, siempre y cuando la solicitud se haya formulado entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.