
Economía
El aviso de José Ramón López, asesor fiscal, para que un trabajador pueda recibir una indemnización ante un despido
Más conocido en redes como 'Tu blog fiscal', ha publicado un vídeo en el que lanza una advertencia clara

Una de las situaciones más complicadas a las que puede enfrentarse una persona en el ámbito laboral es el despido. Aunque en muchos casos este conlleva una compensación económica, hay aspectos importantes que se deben tener en cuenta para evitar problemas posteriores, especialmente con Hacienda.
El asesor fiscal José Ramón López, más conocido en redes como 'Tu blog fiscal', ha publicado un vídeo en el que lanza una advertencia clara: ''Mucho cuidado si te despiden. Sí o sí haz esto para no liarla''. Y es que, según explica, no seguir el procedimiento adecuado puede traducirse en un importante desembolso tras la liquidación de impuestos.
López destaca que, aunque no es común vivir una situación de despido, muchos desconocen un paso crucial que puede evitar complicaciones fiscales. De hecho, subraya que es habitual pensar que las indemnizaciones por despido no tributan, pero esto solo es cierto hasta un límite de 180.000 euros, y siempre que se cumplan determinadas condiciones.
Uno de los errores más frecuentes es asumir que todas las indemnizaciones están exentas. El asesor aclara que ''no son exentas las indemnizaciones establecidas en virtud de convenio, pacto o contrato con la empresa''. En otras palabras, si una empresa reconoce un despido como improcedente y abona, por ejemplo, 33 días por año trabajado, muchos empleados creen que con eso basta. Cobran la indemnización, solicitan el paro y continúan con su vida laboral.
Sin embargo, López advierte que esa percepción es equivocada: ''No es la empresa la que dictamina si un despido es improcedente o no. Esa es la clave''. Y señala lo que realmente se debe hacer: acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) correspondiente para que dicho organismo valide oficialmente que el despido es improcedente.
Si el trabajador no realiza este trámite, puede encontrarse más adelante con un requerimiento de la Agencia Tributaria. Hacienda podría pedirle que demuestre que esa indemnización no se debe a un acuerdo privado con la empresa, sino que realmente responde a un despido improcedente. En ausencia de esta justificación oficial, el importe recibido podría no estar exento y tendría que tributar.
Por eso, insiste: ''Siempre, aunque parezca un coñazo, que te apliquen un despido improcedente, aunque te paguen, te vayas a cobrar el paro y demás, ves al SMAC de tu provincia a que el organismo competente realmente confirme y dé fe de que eso es un despido improcedente''.
El asesor también puntualiza que, en caso de despidos objetivos, este paso no es necesario, ya que este tipo de despido se rige por una regulación diferente y más clara a nivel fiscal.
Tras la publicación, varios usuarios compartieron sus dudas, como qué ocurre en los casos de ERE, mientras que otros comentaron experiencias personales en las que, por no realizar el procedimiento correcto, terminaron teniendo que abonar dinero a Hacienda pese a haber recibido una indemnización.
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