
Tribunales
Boluda, expresidente del Real Madrid, abocado a juicio acusado de falso testimonio contra un alto cargo de Puertos del Estado
La Audiencia Provincial de Las Palmas rechaza los recursos del empresario y del denunciante, el abogado del Estado José Antonio Morillo-Velarde, contra el auto de procesamiento

El empresario Vicente Boluda está un poco más cerca de ser juzgado por la supuesta comisión de un delito de falso testimonio a raíz de una querella presentada por José Antonio Morilla-Velarde, responsable de la asesoría jurídica de Puertos del Estado. Y es que la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado los recursos de apelación planteados tanto por el expresidente del Real Madrid como por el querellante contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 8 de la capital grancanaria de transformar las diligencias de investigación en procedimiento abreviado, un paso equivalente al procesamiento en el sumario.
Morillo-Velarde se querelló contra Boluda por acusación falsa a raíz de la denuncia por prevaricación e infidelidad en la custodia de documentos interpuesta en 2020 por Repaba (Remolcadores y Barcazas Las Palmas), administrada por el exmandatario blanco, contra la excúpula de Puertos del Estado (incluido el que fuera su presidente, José Llorca, ahora responsable de Innovación) y dos directivos de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, a quienes imputó un supuesto trato de favor en beneficio de la empresa Odiel Towage en la concesión de una licencia para el remolque portuario.
Esa querella de Boluda fue finalmente archivada y, precisamente a raíz de esas imputaciones, el abogado del Estado Morilla-Velarde -representado por el letrado Jesús Mandri- denunció al empresario. Lo hizo invocando el artículo 456 del Código Penal, que estipula que castiga con penas de prisión de seis meses a dos años de prisión a los que "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación".
La denuncia prosperó y finalmente la instructora acordó el procesamiento de Boluda en septiembre del pasado año, una decisión que recurrió ante la Sala el empresario, y también el denunciante, recursos que ahora ha echado por tierra la Audiencia de Las Palmas.
Boluda se quejó de la falta de indicios suficientes contra él y de que la resolución de la juez no estaba motivada suficientemente. E incluso se desmarcó de la querella contra la excúpula de Puestos del Estado asegurando que él se había limitado a conceder un poder especial para pleitos como administrador único de Rebapa. Pero los magistrados replican -en un auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN- que el empresario pudo conocer "perfectamente el origen de su imputación" y descartó que fuera ajeno a la presentación de esa querella.
"Ni es lógico ni es razonable"
No se trató, subraya la Sala, "de un poder más otorgado en el curso de sus funciones como administrador, entre las que no debe ser común otorgar poderes para interponer querellas criminales". Boluda, recalca, "entendió siempre que los hechos plasmados en la querella se ajustaban a la realidad lo que se compadece , bastante mal , con la afirmación de que poco menos que otorgó un poder especial no se sabe bien para qué ni para usarlo contra quién".
"Ni es lógico, ni es razonable, por muy grande que sea la empresa que administre, que el investigado se dedique a otorgar poderes para interponer querellas", precisa, sin tener "el más mínimo conocimiento". "Tampoco parece razonable", añade, "que un letrado o equipo jurídico interponga una querella en los términos de la que da origen a esta causa sin la más mínima información" a la persona que otorga el poder, "que no obstante autorizarla pretende ser ajeno a su planteamiento".
En todo caso, precisa, que haya existido o no "una actuación maliciosa" por parte de Boluda es algo que deberá resolverse cuando se decida abrir juicio oral o archivar la causa por falta de indicios.
Respaldo a la instructora
La Audiencia insular tampoco acogió los argumentos del abogado de Morilla-Velarde contra el auto de procesamiento. El denunciante pretendía ampliar el objeto del procedimiento para incluir también las afirmaciones, a su juicio falsas, vertidas en la querella de la empresa de Boluda contra los dirigentes de Puertos del Estado. No obstante, los magistrados de la Sección Segunda cierran la puerta a esa posibilidad porque, aseguran, "no es la finalidad de este proceso analizar la falsedad la falsedad de su querella en su conjunto".
"Los restantes querellados en esa inicial acción penal no han planteado acción penal alguna por estos hechos", recuerda, por lo que "ni es ni puede ser objeto de este procedimiento la posible falsedad de la imputación, máxime cuando que tampoco órgano judicial alguno dispuso deducir testimonio por dicho delito ni sostiene acusación en esta línea el Ministerio Fiscal".
El procedimiento, recalca, no puede extender su objeto a "otras posibles falsedades" y debe centrarse en las vertidas en relación a Morilla-Velarde, "sin que por ello se limite el derecho a la tutela judicial efectiva" de la acusación particular.
La empresa de Boluda responsabilizó a la cúpula de Puertos del Estado de haber otorgado una licencia a Odiel Towage "sin la previa aprobación de los pliegos de prescripciones particulares correspondientes al servicio portuario de
remolque" y de "paralizar consciente y deliberadamente" la tramitación de esos pliegos para el servicio portuario de remolque de la autoridad portuaria de Las Palmas "mediante la ocultación de un informe vinculante" emitido por la Dirección General de la Marina Mercante sobre seguridad marítima portuaria que -se quejó- no se incorporó a ese expediente. "Al haberse incumplido su contenido -denunció en la querella finalmente archivada- se puso en peligro la seguridad marítima".
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