Madrid
El FROB podrá decidir la viabilidad de un banco o sociedad de inversión
El FROB, el fondo público de rescate de la banca española, aumenta sus poderes y ahora podrá determinar qué medidas deben llevarse a cabo para mejorar la situación de algunas entidades financieras -principalmente cajas rurales- y sociedades de inversión, e incluso determinar si son inviables.
El FROB, el fondo público de rescate de la banca española, aumenta sus poderes y ahora podrá determinar qué medidas deben llevarse a cabo para mejorar la situación de algunas entidades financieras -principalmente cajas rurales- y sociedades de inversión, e incluso determinar si son inviables.
El nuevo FROB tendrá un presidente ejecutivo a comienzos de 2015 y competencias sobre aquellas entidades financieras con unos activos inferiores a 30.000 millones, un 10 % del sistema, y que quedan fuera del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) europeo, según el anteproyecto de ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
En cualquier caso, todas las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión deberán elaborar, de forma preventiva, un plan de reestructuración que presentarán al Banco Central Europeo, al Banco de España o a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Además, tendrán que contar un plan de resolución por si es necesario su rescate, y aquí tendrá un papel clave el Mecanismo Único de Resolución (MUR) europeo, pero también el nuevo FROB, que analizará si hay una solución de carácter privado para la entidad, debe sustituirse a sus administradores u otra opción más extrema.
Antes de todo ello, cualquiera de los supervisores, previo aviso al FROB, puede adoptar medidas tempranas como intervenir una entidad, sustituir a los administradores, reestructurar su deuda e imponer cambios en la estrategia comercial o su estructura jurídica.
Pero si el caso es más grave, la autoridad de resolución -ya sea el MUR europeo o el FROB- activará los instrumentos que considere y recapitalizará la entidad obligando a asumir pérdidas en primer lugar a los accionistas y acreedores hasta un 8 % del total de pasivos; si no fuera suficiente, recurrirá al fondo de resolución que el propio FROB gestiona en un primer momento y que a partir de 2016 se integrará en uno común para toda Europa.
Con estos fondos se pueden asumir pérdidas por un importe máximo de un 5 % del total de pasivos de la entidad y, si aún no basta, se continuará la recapitalización interna sobre el resto de acreedores, incluyendo los depósitos de más de 100.000 euros. Por debajo de esa cantidad seguirán estando garantizados.
Si la entidad es inviable o tiene visos de serlo, se puede imponer además su venta o transmitir parte de la misma o toda a un tercero para proteger los servicios esenciales.
El anteproyecto de ley de reestructuración y resolución también contempla la creación de una entidad puente que asuma la parte salvable de una entidad; y la creación de una sociedad de gestión de activos para transferir los más tóxicos.
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