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Cláusula suelo

El Gobierno podrá sancionar a los bancos por cláusulas abusivas sin presentar denuncia

El TS ratifica que cualquier Administración podrá multar sin esperar a una sentencia previa

Sede del Tribunal Supremo
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El TS ratifica que cualquier Administración podrá multar sin esperar a una sentencia previa

El Tribunal Supremoha dado un gran espaldarazo a las administraciones públicas tras dotarlas de seguridad jurídica en las reclamaciones a las entidades bancarias por cláusulas abusivas al ratificar una sentencia que determina que la Administración puede sancionar a las entidades financieras por este concepto sin sentencia civil previa. Esta ratificación llega después de que la Junta de Andalucía presentara un recurso de casación contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Según reza la sentencia, recogida por Europa Press, la Administración puede realizar un declaración judicial previa de orden civil basada en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en otras normas complementarias, y así poder ejercer su potestad sancionadora.

En diciembre de 2015, Liberbank interpuso un recurso contencioso-administrativo contra una resolución de la Secretaría General de Consumo por la que se le imponía una multa de 78.200 euros. La doctrina por la que se asentó la sentencia recurrida desapoderaba a la Administración del ejercicio de la potestad sancionadora para la protección de los consumidores y usuarios, de forma que esto lo debía establecer una declaración judicial. Para el Tribunal Supremo, “la doctrina de la Sala de instancia es gravemente dañosa y errónea en cuanto que bloquea el ejercicio de la potestad sancionadora, de todas la Administraciones Públicas, en esta materia", recoge la sentencia.

De este modo, el Supremo concluye que la Administración puede sancionar la utilización de cláusulas abusivas en los contratos con consumidores y usuarios en aplicación de los tipos infractores previstos en Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, sin necesidad de previa declaración judicial del orden civil. De las sentencias dictadas por los juzgados especializados en cláusulas abusivas en el primer trimestre del año, un 96,32% tuvieron una resolución favorable para el cliente, 29.613 de un total de 30.744, según los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El número de sentencias sigue una línea ascendente, y las casi 31.000 dictadas hasta marzo de este año representan un 126,2% más que en el mismo periodo de 2018.