Desempleo

Juanma Lorente, abogado: "Cuidado con irte de vacaciones si estás cobrando el paro, podrías perder la prestación"

El SEPE advierte que cobrar una prestación por desempleo conlleva ciertas obligaciones que hay que cumplir

Juanma Lorente, abogado: "Cuidado con irte de vacaciones si estás cobrando el paro, podrías perder la prestación"
Juanma Lorente, abogado: "Cuidado con irte de vacaciones si estás cobrando el paro, podrías perder la prestación"La Razón

Semana Santa es una de las épocas más populares para irse de vacaciones. Mucha gente aprovecha estos días -especialmente el Jueves y Viernes Santo, que son festivos en casi todo el país- para hacer escapadas, ya sea a la playa, al campo, o incluso al extranjero. Sin embargo, muchos ciudadanos no son conocedores de las consecuencias a las que se enfrentan al irse de vacaciones si están cobrando la prestación por desempleo.

La desinformación en este ámbito ha llevado al abogado Juanma Lorente a publicar un vídeo en Tiktok aclarando cuáles son los peligros ligados a esta situación. Es imprescindible conocer cuáles son las obligaciones a cumplir para que el SEPE no rescinda tu prestación.

¿Puedo irme de vacaciones si estoy cobrando la prestación por desempleo?

Tal y como advierte el SEPE, durante el periodo en el que estás percibiendo prestaciones por desempleo no eres un trabajador en activo, y por tanto, no tienes derecho a disfrutar de vacaciones.

Además, mientras cobras prestaciones, debes cumplir tus obligaciones de buscar activamente empleo, participar en acciones que incrementen tus posibilidades de trabajar y comparecer ante la entidad gestora cuando seas requerido para ello.

Viajar al extranjero si estás cobrando el paro

El abogado Juanma Lorente aclara cuál es el procedimiento si vas a irte de vacaciones y estás cobrando el paro: "Debes notificar y pedir una autorización al Servicio de Empleo Público Español si pretendes estar más de 15 días fuera del país. En caso de que no consigas la autorización, y sobre todo, en caso de que no avises al SEPE, este te podrá retirar la prestación por desempleo.

Viajar por cualquier motivo por una duración inferior a 15 días

Si el viaje no es superior a 15 días naturales, no se suspenderá la prestación y por lo tanto no sufriremos ninguna penalización, siempre que no se incumpla ninguna obligación que se haya asumido con el SEPE.

Estos 15 días no tienen que ser continuos, y se cuentan dentro del año natural. Por ejemplo, tres viajes de seis días cada uno en un año natural de manera independiente, superarían los 15 días.

En cualquier caso, es imprescindible informar previamente al SEPE del viaje. Y, al volver del extranjero, es obligatorio presentarse de nuevo en las oficinas para acreditar la duración del viaje.

Viajar por cualquier motivo por una duración superior a 15 días, pero inferior a 90 días

En esta ocasión, el trabajador tiene obligatoriamente que comunicárselo al SEPE, para que este autorice dicha salida.

Si la prestación se suspende durante el tiempo de viaje, se podrá continuar con ella siempre que a la vuelta no hayan transcurrido más de 90 días, y se acuda al SEPE para solicitar su reanudación. En caso contrario, la prestación se extinguiría.

En caso de que no se llegue a extinguir, en ningún caso se pierde el tiempo de paro, sino que simplemente se prolongará el subsidio por desempleo el mismo tiempo que haya permanecido suspendido.