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Vivienda

¿Pueden ocupar nuestra vivienda habitual?

Más de la mitad de los españoles considera que la "okupación" de viviendas es un problema real

Imagen de archivo de un edificio abandonado y tapiado Cristina BejaranoLa Razón

España es un país de propietarios, y una de las principales preocupaciones de estos es que su vivienda sea ocupada ilegalmente. Más de la mitad de los españoles considera que la "okupación" de viviendas es un problema real, sin embargo, tan sólo el 2% de los propietarios en nuestro país ha sido víctima de los "okupas", según una encuesta llevada a cabo por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

La "okupación" de una vivienda habitual está considerada un delito de allanamiento de morada. En estos casos, "el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años", tal y como establece el artículo 202.1 del Código Penal. Aumentará la pena de uno a cuatro años de prisión para aquellas situaciones en las que se ejerza violencia o intimidación, así como una multa de seis a doce meses.

La legislación protege la vivienda habitual con más garantías que una segunda residencia, por tanto, la normativa vigente permite a las autoridades "actuar de inmediato" cuando se trata del inmueble principal del propietario o inquilino, asegura la red inmobiliaria donpiso.

En este sentido, dado que se considera una infracción grave, la Policía o Guardia Civil podrán intervenir rápidamente para desalojar a los ocupantes sin que sea necesario un proceso judicial largo. Sin embargo, explican que, en la práctica, "hay situaciones en las que los ocupantes intentan alegar residencia o presentan documentación falsa, lo que puede complicar la actuación inmediata".

¿Qué hacer si ocupan mi vivienda habitual?

Aquellos que descubran que su vivienda habitual ha sido ocupada, lo primero que deberán hacer será informar a las autoridades, es decir, a la policía. El siguiente paso será presentar una denuncia en comisaría con pruebas que acrediten que el piso ocupado es su residencia habitual: el padrón, facturas de suministros, contratos de alquiler o propiedad, etc.

Asimismo, los propietarios no deben intentar desalojar la vivienda por la fuerza, ya que esto puede generar problemas legales. "La intervención policial es la vía legal adecuada", señalan. Aunque el desalojo suele ser inmediato, en el caso que de existan complicaciones, se necesitará asesoramiento legal para agilizar el proceso.

Ocupación vivienda habitual en 48 horas

Desde donpiso explican que existe la creencia de que si los ocupantes llevan más de 48 horas en la vivienda "no pueden ser desalojados fácilmente"; sin embargo, esto no aplica en el caso de la ocupación de vivienda habitual. El allanamiento de morada es un delito en cualquier momento y la policía puede desalojar a los ocupantes sin importar el tiempo que haya transcurrido.

No obstante, "si la ocupación se produce en una segunda residencia o una vivienda vacía, el proceso puede ser más largo, requiriendo una denuncia judicial para proceder al desalojo", sentencian.