España
“El daño a la imagen de la justicia ya está hecho”
Ministros, juristas y magistrados valoran en LA RAZÓN la reforma del CGPJ propuesta por el Gobierno
El anuncio del PSOE y Unidas Podemos de reformar el Consejo General del Poder Judicial ha hecho saltar las alarmas en Bruselas y también entre ministros, juristas y magistrados que valoran para LA RAZÓN el anuncio del Gobierno. Algunos ven en el anuncio una estrategia de presión a los populares porque confían en que no llegue a materializarse y otros advierten que es un cambio de las reglas del juego que nacería desde la imposición y desde la autoridad.
Agustín Azparren. Ex vocal del CGPJ y Magistrado
Espero que en la anunciada reforma no haya un intento serio de llevarla a cabo y sea sólo una estrategia, no muy acertada por cierto, para forzar un acuerdo de renovación, porque no parece muy sensato ir en sentido contrario al que llevan tiempo requiriendo muchas instituciones europeas como el GRECO, Consejo de Europa, Comisión Europea o Tribunal de Justicia de la UE que abogan por el retorno al sistema de elección de los vocales judiciales por los jueces para respetar el Estado de derecho.
Sin entrar en la posible inconstitucionalidad de la reforma y aunque nunca llegue a convertirse en ley, el nuevo daño a la imagen de la independencia judicial en España ya está hecho. Luego nos extraña que la percepción (que no es la realidad) de la independencia judicial que tienen los ciudadanos españoles y la imagen internacional que proyectamos nos ponga en el puesto 24 de los 27 países de la UE o que aparezcamos por debajo de países como Arabia Saudí, Botswana o Kenia en el ranking mundial de independencia judicial que publica el Foro de Davos.
Alberto Ruíz Gallardón, ex ministro de Justicia
La reforma es contraria a la Constitución. Pretende lo que la STC de 1986 dijo que no cabía en nuestro ordenamiento: subordinar un poder del Estado, el judicial, a otro, el legislativo controlado por los partidos políticos. Si se aprobase, aunque después la anulase el TC, España se situaría extramuros del Estado de Derecho.
Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía España
La abogacía asiste con preocupación a la polémica generada sobre la renovación y la reforma del CGPJ. El Estado de Derecho y la garantía de los derechos de la ciudadanía exigen un correcto funcionamiento de las instituciones y un equilibrio de los poderes del Estado. Por ello apelamos a la responsabilidad de los legítimos representantes de la ciudadanía para superar sus diferencias, buscar con determinación los lugares para el acuerdo y poner fin a esta anómala situación acordando, a la mayor brevedad, la renovación exigida en la normativa vigente.
Sabela Serrano, profesora de derecho Constitucional de la UCM
La renovación del CGPJ es obligada, necesaria y urgente. No cabe dura. Pero aún más lo es mantener la independencia judicial. No ha excusa para relajar o evitar las normas orientadas a este fin (mayoría cualificadas, informes técnicos, negociaciones eficientes, etc.) La única reforma admisible es la orientada a que sean los propios jueces quienes elijan a los miembros del CGPJ. Es esencial mantener la independencia del Poder Judicial, y para ello, hay que mantenerlo lejos de las zarpas del poder político.
Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional y abogado
La proposición del PSOE y Unidas Podemos de modificar la forma de elección de los doce vocales de origen judicial del Consejo General del Poder Judicial es radicalmente anticonstitucional, antidemocrática y antieuropea. Es anticonstitucional, porque atenta contra la separación de poderes, establecida en la Constitución. Es antidemocrática, por lo anterior y porque atenta contra uno de los elementos esenciales en que se asienta toda democracia verdadera: la separación y el equilibrio de poderes del Estado. Es antieuropea, por los dos motivos anteriores; porque la Unión Europea los considera objetivos y valores en los que se funda e inexcusables para sus miembros.
Blanca Lozano, Catedrática Derecho Administrativo
España no cumple ya con las normas europeas sobre los Consejos del Poder Judicial, que exigen que al menos la mitad de sus miembros sean jueces «seleccionados por sus homólogos» (Recomendación de 2010 del Consejo de Europa). Esto era, sin duda, lo que pretendía la Constitución. El Tribunal Constitucional aconsejó por ello, en 1986, «la sustitución» del sistema introducido por el legislador que atribuye a las Cortes la propuesta de los vocales del turno judicial. Y si no lo anuló fue porque la ley «adopta ciertas cautelas, como es la de exigir una mayoría calificada de tres quintos en cada Cámara». Otra interpretación no es posible.
Pablo Baró, magistrado de Barcelona
La reforma proyectada no cumple con el marco constitucional ni con los estándares europeos. Es cierto que el art. 122.3 de la Constitución no exige expresamente que los vocales judiciales requieran para su elección una mayoría cualificada de 3/5. No obstante, la interpretación de la norma la dio claramente el Tribunal Constitucional en su sentencia 108/1986, de 29 de julio, para quien esa mayoría cualificada constituía una garantía de la constitucionalidad del sistema. Apunta además el TC que la finalidad de la norma es “la de asegurar que la composición del Consejo refleje el pluralismo existente en el seno de la sociedad”, pluralismo que se vería del todo orillado en el caso de prosperar la perversa reforma.
Tampoco el proyecto de ley orgánica cumple con las exigencias europeas, como lo demuestra las recomendaciones que ha venido haciendo el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), quien desde el año 2013 ha mostrado su preocupación por el marco legislativo regulador del Consejo General del Poder Judicial y sus efectos sobre la realidad y percepción de la independencia de este órgano respecto de cualquier influencia indebida. Una reforma que ahonde en la politización del órgano de gobierno de los jueces supondría andar el camino contrario al sugerido por GRECO.
Francisco Oliver. Magistrado de Móstoles y candidato a vocal del CGPJ
La proposición de ley que pretende reformar el sistema de elección de los vocales del CGPJ es un torpedo a la línea de flotación de uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico que consagra la Constitución Española: la JUSTICIA. Si el procedimiento vigente para la designación de los vocales da una sensación o imagen de politización de la justicia, la reforma expuesta convierte esa sensación en una absoluta realidad.
Con el sistema actual, aun no siendo el idóneo, como se ha puesto de manifiesto sobradamente por todos los operadores jurídicos y las instituciones europeas, la composición del CGPJ es fruto de un consenso entre distintas fuerzas políticas; sin embargo, con esta reforma, el CGPJ nacería desde la imposición y desde la autoridad gubernamental, cualquiera que sea su color político, lo que pervierte el sistema constitucional y perjudica la estabilidad democrática.
Vicente Rouco Rodríguez presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha
Al margen de personales preferencias sobre el sistema de elección, Produce miedo que la renovación del Consejo, una de cuyas principales funciones es asegurar la independencia judicial, derive en una reforma que ahonda gravemente en el riesgo de politización, trastocando sustancialmente la mayoría para su elección con una fórmula tan criticable. La situación que vive España, en medio de la pandemia que nos asola, impone lo contrario. Todavía existe tiempo de negociar lealmente una solución que preserve la estabilidad institucional del Poder Judicial, pilar fundamental de nuestra democracia, y permita renovar ya un órgano que trabaje con credibilidad y seriedad por solucionar los problemas reales de la Justicia.
Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales
Desde la Asociación de Fiscales vemos con preocupación la postura que PSOE y Unidas Podemos están adoptando al proponer una ley para reformar la fórmula de selección de los vocales de procedencia judicial del CGPJ, que lejos de seguir las indicaciones de la Comisión europea, la Comisión de Venecia y del Greco para reforzar la independencia judicial, evitando lo que sea percibido como vulnerable a la politización, ahonda en la injerencia política. Esa reforma supone un ataque a la separación de poderes, nos aleja de los estándares del Estado de Derecho y es un atropello para nuestra democracia. Los vocales de procedencia judicial debieran ser elegidos por los propios jueces.
Luis Rodríguez Vega. Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona
El PP no puede bloquear la renovación del Consejo. Resulta paradójico que fuera este partido quien advirtiera, en el preámbulo de una Ley, que ese bloqueo supondría el incumplimiento de un mandato constitucional (LO 4/213). Sin embargo, esa deslealtad, no justifica una reforma inconstitucional. El Gobierno puede neutralizar esta paralización reconociendo nuevamente a los jueces la posibilidad de elegir los miembros judiciales del Consejo. Por lo tanto, si pretende hacerlo por mayoría absoluta de las Cámaras, no es que busque eludir el bloqueo, sino asaltar el maltrecho gobierno de los jueces.
José María Alonso. Decano del Colegio de Abogados de Madrid
Respecto al sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, el decano del Ilustre Colegio de abogados de Madrid, José María Alonso, se manifiesta a favor de mantener las reglas del juego: “no me gusta que se salte este modus operandi. Los partidos se tienen que sentar a dialogar respetando, en todo caso, el sistema de elección de los vocales del CGPJ legalmente establecido. La clase política, y especialmente el Poder Ejecutivo, deben garantizar el normal funcionamiento del Estado de Derecho, el orden constitucional y el mantenimiento de la seguridad jurídica. Para ello, la total independencia del Poder Judicial es esencial, y esta independencia se vería seriamente comprometida si su órgano de gobierno pudiera ser cambiado por el gobierno de turno, bastando para ello con el apoyo de la mayoría simple del Congreso.”
Miguel Collado. Ex vocal del CGPJ y magistrado TSJ De Cataluña
Sobre la cuestión planteada solo cabe acudir a la doctrina expresada en la Sentencia 108/1986, de 29 de julio, del Tribunal Constitucional. En ella manifiesta que la Constitución Española prevé un sistema de gobierno judicial mixto compuesto tanto por jueces como por juristas de reconocida competencia con la finalidad de asegurar el reflejo del pluralismo existente en el seno de la sociedad y en el del propio Poder Judicial.
El Tribunal Constitucional ya advertía entonces del riesgo de frustrar esta finalidad si las Cámaras, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, distribuyeren los puestos a cubrir en proporción a la fuerza parlamentaria de los distintos partidos; el Interprete Supremo de la Constitución no solo obliga a mantener al margen de la lucha de partidos el Poder Judicial sino que cita como cautela imprescindible la exigencia de una mayoría cualificada de tres quintos en cada Cámara.
Teresa Ferixes, Catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Barcelona
Elegir a los 12 vocales jueces del CGPJ por mayoría absoluta y no por los 3/5 de los votos en cada cámara puede que no sea formalmente inconstitucional, porque el art. 122 de la Constitución, que exige mayoría de 3/5 en Congreso y Senado para los otros vocales que no necesariamente han de ser jueces, dispone que aquéllos serán elegidos en los términos que disponga una ley orgánica.
Lo que sí resulta insólito es que no se exija esa mayoría reforzada en la elección de un órgano de relevancia constitucional como es el Consejo, cuando la Constitución la exige en múltiples casos y, por eso, por responder al espíritu de consenso que la preside, se buscan esas mayorías.
Recordaré también al respecto, que las directrices de la Comisión Europea y del Comité de Ministros del Consejo de Europa van en el sentido de que los vocales jueces de estos órganos de gobierno del Poder Judicial sean elegidos por y entre los propios jueces; de hecho, los países europeos que tienen estos consejos, tienen un método de elección mixto, en el que participan los mismos jueces y diversos órganos políticos.
Y también señalaré la necesidad de encontrar la fórmula que permita que, con la ley vigente, y mientras no se adopte otra norma en el sentido de las directrices europeas, se renueve lo antes posible el Consejo, evitando bloqueos perjudiciales y facilitando que los órganos de relevancia constitucional puedan cumplir sus funciones sin estar sometidos a este tipo de presiones.
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