Comicios en Madrid

La Asamblea renuncia a recurrir la decisión del TSJ de Madrid de avalar las elecciones de Ayuso

La decisión ha sido adoptada por unanimidad de la Mesa tras la contundencia de los argumentos de los magistrados

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, firmó el pasado miércoles la convocatoria de elecciones del 4 de mayo
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, firmó el pasado miércoles la convocatoria de elecciones del 4 de mayoEUROPA PRESS/E. Parra. POOL

La Mesa de la Asamblea de Madrid no recurrirá la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madridde avalar el decreto de la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, de disolver la Cámara y convocar elecciones autonómicas para el próximo 4 de mayo, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes de toda solvencia. Esta decisión ha sido adoptada por unanimidad por todos los integrantes de la Mesa a al vista del contundente auto de los cinco magistrados que rechazaron de plano la petición de suspender cautelarmente el citado decreto. Pero no sólo desiste de recurrir la denegación de la medida cautelarísima, sino del recurso en sí mismo

De esta forma, al no haber recurso alguno contra la decisión de la presidenta Díaz Ayuso se confirma que los madrileños tandrán una cita con con las urnas el próximo 4 de mayo.

Sobre los motivos que ha llevado a la Mesa a desistir de presentar ningún recurso -tenía la opción de un recurso ante la propia Sala y posteriormente ante el Tribunal Supremo- una de las fuentes consultadas por este periódico lo especificaba de forma muy clara. “Más vale un revolcón que una paliza en condiciones”.

En la resolución del TSJ de Madrid se destacaba que la validez del decreto de Díaz Ayuso de disolver la Cámara y convocar elecciones tenía validez desde el mismo momento en que lo firmó, y que en ese momento no había presentada ninguna de las dos mociones de censuras que fueron admitidas a trámites, la de Más Madrid y la del PSOE.

Pero, además, reprochaba a la Sala que en el recuso no hubiese aportado el acta de la reunión. «Pese a que los Letrados comparecientes hacen manifestación expresa de su celebración y decisiones adoptadas (detallan, incluso, el medio telemático empleado para la reunión), ni la convocatoria, ni el orden del día y desarrollo de la sesión, ni la hora de celebración de la misma, constan de modo fehaciente en esta pieza incidental al no haber incorporado al proceso el Acta de la sesión celebrada», destacaban los magistrados al respecto.

En ese acta, tal como informó de ello LA RAZÓN, se recoge un dato muy revelador: los componentes de la Mesa tuvieron pleno conocimiento del decreto de disolución de la Asamblea y convocatoria electoral antes de admitir a trámite las mociones de censura, porque la Secretaria General dio lectura íntegro del mismo antes de adoptarse la decisión.