"Caso Ghali"

El ex “número dos” de Laya, al juez: “No creo que tomara le decisión sola. El Gobierno no es un reino de Taifas”

La ex ministra le pidió la “máxima discreción” sobre la llegada a España del líder polisario por el “impacto” que podía tener en las relaciones con Marruecos, al que no se había informado

El que fuera jefe de gabinete de la ex ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, aseguró ayer al juez que investiga la entrada de Brahim Ghalien España -que provocó una grave crisis diplomática y migratoria con Marruecos- que no cree que fuese la titular de Exteriores quien tomó esa decisión.

En el vídeo de su declaración judicial -al que ha tenido acceso LA RAZÓN-, el magistrado Rafael Lasala, titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza, le inquirió al respecto. “Se toma la decisión, ¿pero la había tomado ella? ¿La tomó ella la decisión le dijo?”. El diplomático contestó entonces: “Me dijo que se había tomado la decisión. No creo que fuera ella sola por sí y ante sí. El Gobierno no es un reino de Taifas”.

El instructor insistió en intentar esclarecer si la operación se fraguó “dentro del ministerio de Asuntos Exteriores de manera coordinada con otros cargos” o en una comisión interministerial, o si “fue el presidente del Gobierno el que le indicó que sí, que aceptara” la petición cursada por Argelia para acoger al líder del Frente Polisario. “La ministra no se extiende en esas consideraciones. Lo que sí he podido constatar a posteriori es que solo la ministra y yo en el Ministerio en ese momento éramos las únicas personas al corriente de esa decisión que se había tomado”.

El diplomático sí precisó en su declaración como investigado que cuatro días ante de la llegada de Ghali a nuestro país el pasado 18 de abril recibió la llamada del jefe de Gabinete de un ministerio que le preguntó “si era cierto que se estaba valorando esa posibilidad”. Pero, añadió, “después no volvió a tener conocimiento de este asunto ni a ser arte ni parte”.

El juez se niega a expulsar a las acusaciones populares
La abogada del Estado, que defiende al ex jefe de Gabinete de Gónzalez Laya, reclamó al instructor al comienzo de la comparecencia que no permitiera la presencia en la declaración de los abogados que ejercen la acusación popular -Antonio Urdiales y Juan Carlos Navarro-. Pero Lasala se negó en redondo y le anticipó que iba a rechazar esa petición.
“Cautelarmente entiendo que no deberían intervenir”, insistió la abogada del Estado. “Sería una cautela absolutamente excesiva y daría lugar probablemente a la repetición de las actuaciones”, advirtió el magistrado. Visto lo visto, la representante de los Servicios Jurídicos del Estado aconsejó al diplomático que no contestase a las preguntas de los letrados.

La llamada de la ministra

Villarino lo explicó así: “El jueves 15 de abril por la noche yo recibo una llamada de un alto cargo de otro ministerio que me pregunta si sé algo de la posible venida de Brahim Ghali a España. Y le digo que no, que no sé nada. Pero a la vista de las observaciones que me hace sobre esa noticia (le digo) que a la mañana siguiente hablaré con mi ministra”.

Y eso es lo que hace. “El viernes 16 de abril tengo una conversación con la ministra muy pronto por la mañana y le pregunto qué hay de cierto en esto. Y me dice entonces que ha recibido en la noche del día 15 una petición formal de un país tercero para que acojamos a Brahim Ghali en España por razones humanitarias porque está gravemente enfermo de Covid y temen por su vida. Hablamos brevemente de las posibles consecuencias y ya no vuelvo a tratar este tema con la ministra, que no me hace ningún comentario sobre que fuera urgente, muy urgente o poco urgente y me dedico a los otros temas que teníamos sobre la mesa”.

Pero el mismo día de la llegada de Ghali, el domingo 18 de abril, según contó recibe un mensaje de González Laya. “Me pregunta si puedo hablar con ella. Le llamo por una línea segura. Me dice que se ha tomado la decisión de admitir a Brahim Ghali por esas razones humanitarias en España. Y a continuación me da una serie de indicaciones e instrucciones”.

A partir de ese momento, el investigado detalla cómo se produce esa conversación con González Laya: “La ministra me dice entonces que se ha decidido, no me dice quién lo ha decidió -me lo puedo imaginar, pero entonces entramos en el terreno de la especulación-, me dice que se ha decidido admitir a Ghali en España y me pide que me encargue de la instrumentación logística de su llegada”.

No se informó a Marruecos

Y le aporta datos de la operación: “Que lo va a traer un avión oficial de la Presidencia argelina, que viene a la base de Zaragoza, que está previsto que vaya a buscarlo una ambulancia desde La Rioja para ingresarlo en un hospital público en Logroño. Y que me va a facilitar un contacto en el Estado Mayor del Aire para el tema del sobrevuelo, otro contacto en la Presidencia de La Rioja para el tema de la ambulancia y otro en Argel para conocer los datos del vuelo”.

“Me dice que en ese vuelo viene Brahim Ghali gravemente enfermo, luego supe que venía sedado y entubado, y un hijo suyo -continúa el diplomático-. Que el primero viene con pasaporte diplomático argelino y el segundo con algún tipo de permiso de residencia en España. Y me pide que sea lo más discreto y reservado posible en la gestión de este asunto -lo que se traduce en que lo haga yo y no contacte con otras personas que no sea absolutamente necesario-, porque hay que valorar el impacto que esto pueda tener en las relaciones de España con otro tercer país al que todavía no se ha informado de esta decisión”. La acogida española a Ghali, por tanto, no se había puesto en conocimiento de Rabat cuando solo faltaban unas horas para que aterrizara su avión en Zaragoza.

A Villarino, según explicó, no le extrañó que Ghali viniera con pasaporte diplomático. “Los máximos dirigentes del Frente Polisario tienen acceso tradicionalmente a pasaportes argelinos, que es lo que les permite viajar. No me extrañó. Es normal que los dirigentes polisarios lo tengan”. Y dejó claro que Exteriores gestionó el vuelo “como un vuelo oficial a todos los efectos. Por eso llega a la base militar y por eso tiene algún tipo de facilidades, por ejemplo la exención de tasas aeroportuarias”.

Sin control de pasaporte: una decisión “sobre la marcha”

Pero según su versión “lo que no sabían los argelinos, porque fue una decisión que se tomó a lo largo de esa tarde sobre la marcha, es que al final no iba a haber un control de pasaportes, que al final no lo hubo. Era una argumento más para sostener desde un punto de vista racional que lo lógico es que efectivamente llevara encima ese pasaporte igual que su hijo llevaba la tarjeta de residencia, porque en ningún momento se les había dicho que no se les fuera a solicitar”.

Juez: “Que no iba a haber control de pasaportes cuando llegaran a la base aérea de Zaragoza, pero ¿de algún modo se controló por quien fuera, se verificó que realmente tenía algún pasaporte diplomático? Porque es una cosa que se dice, este señor va a venir con pasaporte diplomático, me imagino que en una misión diplomática se verifica la documentación que va a tener cada uno. ¿Se verificó de alguna manera?”.

Villarino: “A mí no me consta que se hiciera. Yo desde luego no estaba en condiciones físicas de hacerlo. Yo recibo unas instrucciones, eran ya las once de la mañana de un domingo... A mí no me consta que se hiciera antes y yo no estaba en condiciones físicas de hacerlo”.

Porque la decisión de eximir al líder del Frente Polisario -explicó el investigado- “fue madurándose a lo largo de la tarde. En la práctica nosotros sabíamos quién venían en el avión. Venía Brahim Ghali, venía su hijo. Dábamos por buena esa información porque normalmente los estados no se engañan entre sí. Que uno venía con su pasaporte argelino y el otro con su tarjeta de residencia. Insisto en que no sabían que no se les iba a hacer el control”.

Y se optó finalmente por no requerirle documentación alguna “sabiendo quiénes son estas dos personas, qué documentación llevan y a qué vienen”. “Sin embargo, recibí varias gestiones de mi contacto argelino para que descendiera del avión una tercera persona, aparentemente era un médico. Yo me negué en dos ocasiones, lo consulté incluso con la ministra, que apoyó mi negativa. Me negué porque no sabía quién era y qué documentación traía. No sabía nada de él”.

“Una personalidad extranjera destacada”

El diplomático -que dijo que por razón de su cargo tenía “un trato frecuente y cotidiano” con González Laya y que “lo normal era que todos los asuntos pasaran prácticamente por mi mesa”-, esgrimió el artículo 11.3 a) del Código Schengen para avalar la legalidad de esa decisión. “Permite eximir del sellado a jefes de estado y personalidades extranjeras cuya llegada se haya notificado por vía diplomática -recalcó-. Nosotros consideramos a Brahim Ghali no desde luego jefe de estado de una república que no reconocemos, pero sí una personalidad extranjera destacada y no era necesario proceder a su sellado. Se consideró razonable sobre la base de este precepto del Código de Schengen no sellarlo”.

Juez: “¿Se comprobó la documentación que portaban estos dos señores?”

Villarino: “No, no se hizo, no me consta que se hiciera”. Y se justificó: “A mí se me había insistido mucho en el sigilo, la reserva y la discreción, lo cual me cortaba mucho mi margen de maniobra”.

Y mantuvo que a medida que iban pasando las horas e iba recabando información de cuándo llegaba el avión se iba preguntando: “¿Alguien ha informado a los responsables del servicio de control de pasaportes -la Guardia Civil, la Policía Nacional- en el aeropuerto de Zaragoza de la llegada de este avión y de esta persona o no lo ha hecho nadie?”.

En un momento dado se lo preguntó a la ministra: “¿Alguien ha informado a la Guardia Civil de esto?”. “Y su respuesta me da a entender que no o que no lo sabe”. Porque según recordó en su declaración, González Laya se mostró extrañada: “Pero si van por la parte militar necesitan pasar por la Guardia Civil?”. Villarino le aclaró que “a la luz de la experiencia que tenemos y del Código Schengen, que no, no necesariamente”. El diplomático dijo entonces que aunque la normativa comunitaria “prevé con carácter general la necesidad de controles en las fronteras exteriores de la Unión Europea”, tiene “varias puertecillas traseras que permiten eximir de ese control, es una potestad soberana de los estados miembros”.