Investigación

Plus Ultra acusa al juez de “estigmatizarla” por someterla a un “juicio mediático”

La compañía aérea rescatada por el Gobierno pide el archivo de la causa porque “no se ha producido ningún perjuicio al erario público”

Avión de la aerolínea Plus Ultra
Avión de la aerolínea Plus UltraLa RazónLa Razón

Plus Ultra ha arremetido contra la juez Esperanza Collazos -que investiga la ayuda de 53 millones de euros que el Gobierno de Pedro Sánchez concedió en marzo de 2020 a la compañía aérea a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI)- por mantener abierta una causa que, se queja, la ha “estigmatizado” sometiéndola a un “juicio mediático”.

Así lo manifiesta la Abogacía del Estado -que defiende a la aerolínea, al vicepresidente de la SEPI Bartolomé Lora y a cuatro integrantes de su consejo de administración también investigados- en el recurso de apelación que ha presentado contra la decisión de la instructora de citar a declarar como investigado a su representante legal (una comparecencia prevista para el pasado 15 de junio pero que fue finalmente aplazada), al considerar que esa comparecencia se acordó cuando el plazo de un año de instrucción de la causa ya había concluido sin ser prorrogado.

Para los Servicios Jurídicos del Estado, que vuelven a reclamar el archivo de la causa, la investigación de supuestas irregularidades en la ayuda se concedió a la compañía aérea de capital venezolano -a través del Fondo de Apoyo a la Solvencia de las Empresas Estratégicas (para ayudar a empresas en dificultades por la crisis causada por la pandemia)- “ha estigmatizado desde el comienzo de la causa” a sus defendidos, “con la agravante” ahora de mantener la causa abierta “y el juicio el juicio mediático en paralelo, que se está llevando a cabo por los medios y en redes sociales”.

No ve indicios de delito

La defensa de la compañía aérea hace hincapié en que “no se ha producido ningún perjuicio al erario público” y sí ha resultado acreditado a lo largo de más de un año de investigación que “la ayuda se concedió en cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos” exigibles. Además, añade, “se está cumpliendo por parte de Plus Ultra” con el compromiso de pago de intereses por la inyección económica recibida para sortear la crisis.

Para Plus Ultra no existen indicios de criminalidad que justifiquen que la instrucción continúe y recuerda que tanto la Fiscalía (la última vez los pasados 7 de abril y 14 de junio) como la propia Abogacía del Estado han solicitado varias veces el archivo al considerar que “ha quedado acreditado de forma clara y contundente” que no existen indicios suficientes de una posible malversación.

La Abogacía del Estado defiende que la citación de Plus Ultra como imputada es nula porque “no se puede acordar, fuera de plazo de instrucción, la declaración de investigados”. Y recuerda que ni la instructora acordó la prórroga antes del pasado 8 de abril ni la solicitaron las tres acusaciones populares personadas en el procedimiento -Manos Limpias, PP y Vox-.

La declaración “sería nula”

La juez argumenta en el auto recurrido que no ha citado a declarar a nadie como investigado en estos primeros doce meses de instrucción “con el ánimo primordialmente de no estigmatizar a nadie”, por lo que optó por acordar una serie de diligencias de investigación, fundamentalmente el careo entre los peritos de la compañía y los independientes designados por el juzgado, con el objetivo de discernir si las “sospechas” de las acusaciones populares “tenían una base indiciaria de delito”.

Pero para Plus Ultra, una vez finalizada la instrucción, Collazos solo puede practicar pruebas complementarias (“no procede por no haber prorrogado la instrucción”) o dictar auto de transformación en procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento), que según su criterio “no es posible, al no haber sido válidamente citado para declarar ningún investigado durante el plazo de instrucción”.

De ahí que, defiende, solo queda “dictar resolución de sobreseimiento libre y archivo de la causa” ante lo que considera palmaria ausencia de indicios de delito, algo a lo que se oponen tanto Manos Limpias como PP y Vox. En cualquier caso, subraya que de seguir adelante con la citación como investigado de su representante legal, ésta “sería nula por haberse acordado y practicado fuera del plazo de instrucción”.

RECTIFICACIÓN DEL ARTÍCULO TITULADO

«PLUS ULTRA ACUSA AL JUEZ DE “ESTIGMATIZARLA” POR SOMETERLA A UN “JUICIO MEDIÁTICO”»

En cumplimiento de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, se publica rectificación solicitada por la aerolínea Plus Ultra en relación con el artículo publicado el 5 de julio de 2022 en la edición digital de LA RAZÓN, bajo el título «Plus Ultra acusa al juez de “estigmatizarla” por someterla a un “juicio mediático”». Así:

En relación con la afirmación de que Plus Ultra es una “compañía aérea de capital venezolano”:

“Plus Ultra no es una compañía de capital venezolano. Se trata de una empresa española, con sede central en Madrid y que paga sus impuestos en España. El capital social de Plus Ultra es mayoritariamente español, así como es mayoritariamente español su consejo de administración.”