Polémica
El Tribunal de Cuentas no ve indicios de desvío contable en el rescate a Plus Ultra
El organismo fiscalizador archiva la denuncia de Ciudadanos al concluir que el posible perjuicio a las arcas públicas solo se producirá si el préstamo no se devuelve
El Tribunal de Cuentas no investigará el rescate de Plus Ultra. El organismo fiscalizador ha decidido archivar la denuncia interpuesta por Ciudadanos en relación a la ayuda de 53 millones de euros concedida el pasado marzo por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a la aerolínea al no ver indicios de una posible responsabilidad contable que justifiquen la apertura de un procedimiento por un supuesto alcance de fondos públicos.
Y es que según el tribunal en los actos denunciados “no permiten apreciar indicios jurídicamente relevantes de haber infringido ninguna norma jurídica de naturaleza contable o presupuestaria, ni de haber provocado daños o perjuicios en el erario público susceptibles de ser calificados como alcance”.
En la resolución adelantada por El País y a la que ha tenido acceso este periódico, el organismo fiscalizador archiva la denuncia respaldada el pasado junio por la líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas, y por los dirigentes naranjas Edmundo Bal y Luis Garicano.
El consejero Felipe García Ortiz recuerda que el escrito de la acción pública “debe identificar actuaciones (actos, omisiones o resoluciones) y vulneraciones de preceptos legales que puedan dar lugar, al menos aparentemente, a un menoscabo de fondos públicos generador de responsabilidad contable”.
Y aunque constata que las ayudas concedidas “implican desde luego una gestión de caudales o efectos públicos”, pone de relieve que “la mera salida de unos fondos públicos del patrimonio de la administración o entidad titular de los mismos no supone por sí sola un detrimento patrimonial para las arcas públicas”. Para ello es necesario, recalca, que esa salida de fondos “no esté justificada en una causa jurídica suficiente y adecuada” o que el destino dado a los mismos “no sea el previsto por las normas de aplicación”.
El perjuicio, solo si el préstamo no se devuelve
Para el instructor de la acción pública, el hecho de que la salida de fondos efectivamente realizada hasta ahora (19 millones de euros) “se haya producido a través de un préstamo pone en cuestión la existencia de un eventual perjuicio a los fondos públicos”. De ahí que concluya que aunque la concesión del préstamo “podría dar lugar a un daño a los fondos públicos”, en este momento “ese potencial perjuicio no es efectivo ni evaluable económicamente, si bien sí podría serlo en el momento en que se incumplieran las obligaciones del prestatario al vencimiento del préstamo”.
El dinero concedido hasta el momento, subraya, “es un préstamo ordinario y como tal no ha originado un perjuicio económico a los fondos públicos”. Y es que sólo podría constatarse un perjuicio a los fondos públicos, añade si se demostrara que se utiliza para “finalidades distintas a las que fue concedido, por su falta de amortización en los correspondientes plazos de vencimiento o por impago de los intereses que, en su caso, se hubieran pactado”. Pero estas circunstancias “sobre las que correspondería pronunciarse a esta jurisdicción contable”, apunta, “no han sido objeto de la acción pública” impulsada por Cs.
Para el organismo fiscalizador la concesión del rescate tampoco reviste “siquiera indiciariamente los caracteres de una negligencia grave”.
Ciudadanos: la ayuda no cumple los requisitos legales
Ciudadanos denunció un supuesto “menoscabo o resultado dañoso en los fondos públicos” por haberse beneficiado Plus Ultra de una ayuda financiera “sin cumplir los requisitos exigidos para ser perceptora de dicha ayuda y como consecuencia de la actuación negligente de las autoridades responsables del examen de dichos requisitos y de aprobar la concesión de la ayuda”.
Según el criterio de la formación naranja con la polémica decisión determinados gestores públicos responsables del manejo de caudales públicos habrían ocasionado “por acción u omisión” un daño “grave” al erario público.
Fuentes del partido aseguran que, pese a la decisión del instructor, “es de sentido común que con el desembolso de 19 millones de euros a una empresa en quiebra se da por hecho el perjuicio económico”. Esa cantidad ya fue desembolsada, pero una juez ha paralizado la entrega de los 34 millones restantes prevista para esta misma semana para evitar un perjuicio irreparable y ha apremiado a la compañía aérea a justificar el importe del rescate.
“Estamos convencidos de que junto con la investigación judicial se acabará demostrando no sólo el posible delito penal, sino la infracción contable”, defienden fuentes de Ciudadanos, que consideran muy relevante que la resolución ya abra la puerta a que “ese perjuicio económico se dé cuando se constate la insolvencia o que la inyección económica se otorgó para otros fines.
Fiscalía y Abogacía del Estado, a favor del archivo
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pidieron la inadmisión de la denuncia. Esta última esgrimió un informe de la SEPI abundante documentación incorporada al expediente de la ayuda para sustentar su conclusión de que la petición de la misma se tramitó correctamente y de que todos los requisitos se justificaron adecuadamente.
Los Servicios Jurídicos del Estado pusieron de manifiesto que “solo en el momento en que se incumpliera al vencimiento alguna obligación de devolución” de los dos préstamos acordadas “podría producirse un daño real y efectivo al erario público, condición indispensable para que exista alcance”.
Del mismo modo, puso sobre la mesa un informe de la Intervención General de la Administración del Estado del pasado día 5 en el que sostenía que la concesión y desembolso del préstamo a Plus Ultra “no supone un quebranto patrimonial” para el fondo de apoyo a la solvencia de las empresas estratégicas.
Por su parte, la Fiscalía hizo hincapié en que lo determinante para que haya responsabilidad contable por un supuesto desvío “es que se haya producido un daño en relación a determinados caudales públicos y que, además, ese daño sea efectivo y evaluable económicamente, circunstancia que, en el presente caso, no se ha producido, dado que, según consta en la documentación aportada por los denunciantes, los préstamos concedidos por el Fasee ( Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas) todavía no han vencido”.
Impulso judicial a la investigación
La titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, Esperanza Collados, dio cinco días a Plus Ultra para que “acredite la necesidad de entrega del préstamo para el pago de acreedores”. Mientras tanto, ha dejado en suspenso esa segunda entrega prevista para dentro de 48 horas que estaba autorizada en el marco del plan de viabilidad de la aerolínea impulsado por el Gobierno. “Una entrega no justificada -argumentó- supondría un menoscabo patrimonial importante sin posibilidad de restauración a una situación anterior”.
La magistrada instó además al Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas a abstenerse de realizar “cualquier acto que suponga infracción de la prohibición impuesta, apercibiéndoles que el incumplimiento puede dar lugar a nuevas medidas cautelares” e incluso de “otras responsabilidades criminales derivadas del incumplimiento de las ya adoptadas”.
Collados investiga por malversación el papel que jugaron en la concesión de la polémica ayuda el ex presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales Bartolomé Lora y los miembros de su Consejo de Administración, al que pertenecen en calidad de vocales catorce altos cargos de nueve ministerios, Hacienda, Economía, Transportes e Industria, entre otros.
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