ETA

La Audiencia Nacional condena a 425 años a “Anboto” por el atentado en el estadio del Alavés en 1985

La Sala de lo Penal, que tuvo que repetir el juicio por mandato del Tribunal Supremo, considera ahora responsable a la exjefa de ETA de 20 asesinatos en grado de tentativa por el coche bomba que el comando Araba colocó en las inmediaciones del polideportivo de Vitoria

La dirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias "Anboto", saluda desde una sala de seguridad en la Audiencia Nacional
La dirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias "Anboto", saluda desde una sala de seguridad en la Audiencia NacionalJuan Carlos HidalgoAgencia EFE

El coche bomba no llegó a explosionar gracias a la intervención del equipo Técnico Especialista en Desactivación de Artefactos Explosivos de la Policía (TEDAX), pero el comando Araba de ETA lo había preparado todo para que se produjera una catástrofe antes de un partido de fútbol del Deportivo Alavés (Vitoria). Era 1985 y 36 años después, la Audiencia Nacional juzgó y absolvió a la exdirigente de ETASoledad Iparraguirre Guenetxea, alias «Anboto» de cualquier responsabilidad. Sin embargo, un recurso de la Fiscalía y un Tribunal Supremo en desacuerdo con que no se tuvieran en cuenta unas huellas como prueba obligaron a los magistrados a repetir el juicio este año. El resultado ha sido muy distinto: «Anboto» ha sido condenada por estos mismos hechos a 425 años de prisión.

La lista de delitos de los que se considera ahora responsable a la exjefa de la banda terrorista la encabezan veinte de asesinato en grado de tentativa, seguidos de otro de tentativa de atentado contra agentes de la autoridad y uno más de estragos. En marzo de 2021, «Anboto» quedó impune de todos pero el pasado mes de julio el Alto Tribunal anuló la sentencia -después de que el fiscal del caso Carlos Bautista decidiera recurrir- y ordenó repetir el juicio con otros magistrados por haber omitido erróneamente una prueba de cargo fundamental, unas huellas encontradas en uno de los vehículos utilizados por el comando terrorista.

En la nueva sentencia con fecha de este 28 de octubre, la sección segunda de la Sala de lo Penal se corrige y considera probado que la etarra estuvo detrás de la gran cantidad de metralla que se colocó en el polideportivo de Mendizorroza con motivo de la celebración del partido de fútbol para causar la muerte del «mayor número de miembros del Cuerpo Nacional de Policía que iban a prestar servicio de vigilancia».

Los miembros del comando Araba instalaron en el maletero de un Seat 124 un explosivo de control remoto y lo aparcaron cerca de las furgonetas policiales que formaban el cordón de seguridad del evento. Iparraguirre era miembro del comando que desistió de la acción terrorista cuando la policía descubrió el coche (que había sido robado ese mismo día) y los TEDAX se cruzaron en su camino. Ese 19 de mayo de 1985 se tomó muestra de cuatro huellas dactilares sobre el volante y una aislada en el cenicero, pero no fue hasta octubre de 2019 cuando la Policía Científica consiguió cruzar las impresiones dactilares con éxito: era «Anboto».

Esta fue la astilla a la que se agarró la defensa para construir su relato y evitar una condena: que al principio las huellas fueron archivadas como anónimas. Decía que el primer informe dactiloscópico entraba en contradicción con el segundo. Pero el Supremo lejos de refrendar esta teoría, señaló que el hecho de que en el primer análisis no se hubiera conseguido identificar el origen de las huellas no descartaba que fueran de «Anboto» como en un segundo informe se señaló. De hecho, esa sentencia absolutoria ya contó con el voto particular de uno de los tres magistrados que integraban la Sala, Fernando Andreu, que consideró que había prueba «concluyente, plena, válida, adecuada y suficiente» para considerar plenamente probado, «más allá de toda duda razonable», la participación de Iparraguirre en el atentado en concepto de autora.

Tras el juicio que se repitió el pasado mes de septiembre, la Sala de lo Penal no deja atisbo de duda: «Téngase en cuenta que el informe ha sido elaborado por un organismo oficial, la Unidad Central de Identificación, Sección del S.A.I.D. de la Comisaría General de Policía Científica de la Policía Nacional, que actúa conforme a los protocolos de dicha institución, por lo que no cabe duda la calidad de las pericias y certificaciones realizadas». Así, la sentencia confirma que «existe prueba directa de que María Soledad Iparraguirre estuvo físicamente presente en el interior del vehículo y que agarró el volante con cuatro de sus dedos».

Para los magistrados ha quedado suficientemente acreditada su participación, tanto por el informe pericial sobre sus huellas dactilares, como por la inspección ocular. Pero además, se apoyan también en el testimonio de varios integrantes del comando, así como del exagente de la policía vasca José Miguel Suescun, que fue condenado a prisión por colaborar con ETA en este atentado. Durante el juicio este apuntó que «había una mujer que formaba parte del ‘comando Araba’, añadiendo que se llamaba ‘Ángeles’ o algo así». A «Anboto» también se le conocía como «Angelines».

«Esta testifical aporta un elemento probatorio de cargo contra la acusada: reconoce que Soledad Iparraguirre formaba parte del ‘comando Araba’ en el momento de producirse los hechos objetos de este proceso, señala el fallo. Así que es un testimonio compatible con otros dos testigos (José Ignacio Gaztafiaga Vidaurreta y Santos Berganza Candegui) que, aunque en el juicio negaron los hechos, habían reconocido durante la fase de instrucción la pertenencia de «Anboto» como jefa en ese mismo espacio tiempo en el que sucedieron los hechos.

De acuerdo con el Código Penal, el tiempo máximo que pase Iparraguirre en la cárcel no excederá los 30 años.