Audiencia Nacional
El juez envía a prisión a Yassin Kanjaa el presunto terrorista de Algeciras por “ataque yihadista”
El magistrado argumenta el riesgo de fuga del marroquí que asesinó a un sacristán a la salida de una Iglesia el pasado miércoles. Los investigadores no han considerado necesario someterle a un examen psicológico porque su relato parecía coherente
El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha enviado a prisión provisional sin fianza al presunto terrorista de Algeciras (Cádiz) Yassin Kanjaa. El marroquí pasó a disposición judicial esta mañana y su declaración ante el magistrado se ha alargado durante más de una hora.El magistrado ha accedido a la petición de cárcel de la Fiscalía argumentando que existe riesgo de fuga y posible reiteración delictiva, después de que el pasado miércoles el hombre asesinara a un sacristán. Gadea califica los hechos de “ataque yihadista dirigido” así que le atribuye delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas que podría conllevar prisión permanente revisable.
De las diligencias practicadas hasta ahora, el juez concluye (siempre de forma provisional) que Kanjaa actuaba solo y que no había contactado con ayuda de terceros. Así lo ha reconocido él en su declaración, en la que ha señalado que no ha jurado lealtad a ninguna organización terrorista. Según han informado fuentes jurídicas, los indicios recopilados sustentan lo sucedido en Algeciras como yihadismo “tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica, como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán”.
A pesar de que se ha especulado con la posibilidad de que el detenido padeciera algún tipo de enfermedad mental, las fuentes de la investigación consultadas aseguran que no se ha considerado necesario someterle a ningún examen médico “a priori”porque su relato parecía coherente, aunque no se descarta que se haga a lo largo de la instrucción.
El detenido no había sido calificado de “peligroso” en la inteligencia policial y, según citadas fuentes, “era totalmente desconocido para la Policía” porque, además, no había estado inmerso en ningún altercado.
Un furgón de la Policía ha entrado por la mañana en el parking de la Audiencia Nacional para conducir a Kanjaa a los calabozos del órgano judicial. El juzgado de Central de Instrucción número 6 se hizo cargo desde el inicio de la investigación y en los primeros momentos de confusión de lo que estaba ocurriendo en la localidad autorizó la entrada y registro del piso ocupa del marroquí. Desde entonces, el detenido había estado en dependencias de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional. Primero en Algeciras y luego en el complejo de Canillas.
Los agentes solicitaron una prórroga de su detención (solo posible en casos de terrorismo) para poder seguir indagando en sus pertenencias y acreditar si se trató de un acto terrorista radical. Incautaron unos pendrives y encontraron propaganda yihadista en él que “presuponen una radicalización”, indican fuentes de la investigación, aunque hablan de carácter casi “infantil”. Pero el trabajo ahora está en acreditar si realmente existen relaciones con el terrorismo internacional o si se trata de un actor solitario. En su estancia se encontró también un Corán y la funda del machete.
La Policía ha remitido ya las primeras conclusiones al magistrados y relatan que los testigos que vivían con Kanjaa calificaban su vida de “normal” hasta ese momento. Sus compañeros de piso señalan que el hombre, tiempo atrás, bebía alcohol y fumaba hachís, pero que cambió sus hábitos de forma radical, escuchando de manera asidua el Corán a través de audios en su teléfono móvil.
Los agentes de la Policía han cotejado este testimonio y coincide plenamente con el tiempo en el que al acusado comenzó a radicalizarse en sus redes sociales. Del “volcado de parte del contenido de su dispositivo del teléfono” se puede concluir que “Kanjaa mantenía y mantiene un compromiso implícito con su visión del islam encontrándose plenamente radicalizado en el terrorismo yihadista culminado tras un adoctrinamiento ideológico”. Los investigadores tachan esta radicalización de “rápida”.
Perfil de terrorista autoadoctrinado
La conducta del investigado fue “consciente y tiene definidos sus objetivos”, opina el juez tras haberle escuchado y haber leído los informes policiales. Su intención era, por tanto, “causar unos daños mayores” de forma deliberada. En primer lugar porque quería atentar contra sacerdotes y, en segundo lugar, porque centra su ataque contra un marroquí converso, por no practicar la auténtica religión y al que agredió con intención de matarle.
Con todo esto sobre la mesa, el juez habla de “un perfil de terrorista autoadoctrinado que actúa de modo individual” aunque no está vinculado a ninguna organización terrorista.
Los sucedido esa noche
En el escrito de entrada y registro el juez Gadea hizo un relato pormenorizado de los hechos que se iniciaron en el interior de la Iglesia de San Isidro sobre las 18:30 de la tarde. Allí el marroquí inició «una discusión con los presentes, manifestando a los feligreses que la única religión que hay que seguir es la religión islámica». Luego, abandonó el lugar «profiriendo mensajes en árabe cuyo contenido se desconocen». Los testigos presentes describen que al rato volvió con una túnica bajo la ropa y un machete. Versión coincidente con el juez que señala que «el sacerdote encargado bajó del púlpito para comprobar lo que estaba ocurriendo, instante en el que el investigado portando en su mano un machete de grandes dimensiones y de forma súbita agrede al sacerdote». Allí se queda malherido en cuello y hombro el párroco Antonio Rodríguez.
Entonces Kanjaa camina unos 200 metros y entra en la Iglesia virgen de La Palma. agrede al sacristán que intenta huir hasta el centro de la plaza Alta de la ciudad donde el presunto terrorista termina con la vida de David Valencia.
Tras su declaración, el fiscal Emilio Miró solicitó prisión provisional para él por un delito de asesinato terrorista, uno de intento de asesinato terrorista y otro de lesiones terrorista. Ahora lo conducirán previsiblemente a la cárcel o de Estremera o de Soto del Real donde pasará el tiempo que duré la instrucción. Un máximo de cuatro años.
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