Poder Judicial

Archivado el expediente contra el juez investigado por llamar "psicópata" a Sánchez en Twitter

El órgano disciplinario del CGPJ no ha podido demostrar que Ruiz de Lara fuese el dueño de la cuenta ni quién publicó los ofensivos tuits

El juez Manuel Ruiz de Lara.
El juez Manuel Ruiz de LaraEuropa Press

La Comisión Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido este jueves archivar el expediente disciplinario que mantenían abierto contra el magistrado Manuel Ruiz de Lara por la supuesta publicación de tuits ofensivos contra Pedro Sánchez y el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

La investigación de la Comisión sobre Ruiz de Lara finalmente ha decaído después de que no hayan podido demostrar que el autor de los mensajes y el usuario de la cuenta sea él.

Pese a que, señalan fuentes del Poder Judicial a LA RAZÓN, consideran que existe "una constante y notoria correlación" entre el magistrado y el perfil de Twitter desde el que se publicaron los cuestionados mensajes.

En ellos, se calificaba de "psicópata sin límites éticos" y "narcisista patológico" al presidente del Gobierno, y se juzgaba al fiscal general como "la personificación del deshonor en la carrera".

La cuenta fue eliminada y, con su desaparición, aumentaron las dificultades para poder identificar a la persona que estuvo detrás.

Ruiz de Lara, que es titular del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, negó desde el primer momento la autoría de los mensajes que fueron objeto de un expediente por las expresiones que incluían y porque la cuenta llevaba el nombre y primer apellido del juez.

También admiten las citadas fuentes del órgano de gobierno de los jueces que haya sido certificada la autenticidad de los mismos.

En todo caso, no ha podido probarse tampoco que el usuario se tibie servido de la condición de miembro de la judicatura para dirigir a Pedro Sánchez o García Ortiz "censuras por sus actos".

Conditio sine qua non para que una acción de estas características pueda ser castigada como falta disciplinaria, tal y como recoge el artículo 148.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

De igual forma, la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial, en conveniencia con el criterio de la Fiscalía, no ha sido capaz de resolver que las manifestaciones críticas, aunque se atribuyesen a Ruiz de Lara, las hubiese hecho como ciudadano o como juez para que pudiese ser consideradas faltas leves de desconsideración o desatención contra miembros del Ministerio Fiscal, en este caso del máximo responsable del órgano judicial.

El acuerdo ha sido aprobado con el voto en contra de las vocales Roser Bach, Mar Cabrejas y Pilar Sepúlveda.