Política

«El problema no es el papel del Rey. Los políticos deben hacer los deberes»

El republicano Iglesias pide a Felipe VI que medie para que Pedro Sánchez acepte una coalición

El Rey Felipe VI recibió la semana pasada a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, para fijar la ronda de consultas que comenzará el lunes
El Rey Felipe VI recibió la semana pasada a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, para fijar la ronda de consultas que comenzará el luneslarazon

La encrucijada en la que se ve inmerso Felipe VI por el bloqueo de la situación política que se vive en al actualidad hace que salte a la luz el debate de si es necesaria una reforma constitucional del artículo 99.

La encrucijada en la que se ve inmerso el Rey por el bloqueo de la situación política que se vive en al actualidad hace que salte a la luz el debate de si es necesaria una reforma constitucional del artículo 99, que es el que establece que el Monarca proponga un candidato a la investidura a presidente de Gobierno tras mantener la ronda de consulta con los representantes de los partidos políticos y constatar si existe un consenso sobre un candidato que pueda obtener la mayoría absoluta necesaria para ser designado presidente del Ejecutivo.

Sobre esta cuestión, distintos expertos en Derecho Constitucional consultados por LA RAZÓN vienen a coincidir en que no sería necesaria tal reforma pero quizás, si se dan las circunstancias, un «retoque» de ese artículo, que afectaría sobre todo a que se fijase el plazo máximo en el que debería fijarse la primera votación de investidura, y, a partir de ahí, que comenzara a correr el plazo de los dos meses antes de disolverse las cámaras y tener que ir de nuevo a las urnas. En cambio, la posibilidad de restar competencias al Rey en esta materia no provoca ningún respaldo entre estos expertos.

Carlos Vidal, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, mantiene que lo ocurrido en los últimos dos años puede ayudar a modificar el artículo 99 con algunos retoques, «pero no me parece lo prioritario. Lo más importante es que todos los actores políticos entiendan cuál es su papel, en una situación totalmente nueva como la que estamos viviendo en los últimos tiempos». Por ello, deben ser los políticos, asegura, «quienes tienen que ponerse de acuerdo, y acudir a la ronda convocada por el Rey con los deberes hechos». El Monarca, añade al respecto, no tiene que «encargar» nada a ningún candidato, sino «proponer, de acuerdo con la persona que ostente la presidencia del Congreso, a aquel candidato que le haya transmitido que tiene el apoyo mayoritario de la Cámara». Esta propuesta, afirma el catedrático de la UNED, «no la hace solamente el Rey, sino que debe darse un concurso de voluntades con –en este caso– la presidenta del Congreso, que me parece que debe jugar en todo este proceso un papel mucho más activo, propiciando los acuerdos entre los representantes políticos». Y, por ello, el presidente de la Cámara Baja es «quien debe acompañar al Rey en todo este proceso, asumiendo la responsabilidad política que el Rey no puede ni debe asumir».

Por su parte, Teresa Freixes, catedrática emérita de Derecho Constitucional, deja claro que, al margen de una posible reforma constitucional, con todo lo que está sucediendo «no es el Rey quien queda mal, sino los partidos político. Son ellos los responsables de todo lo que está sucediendo». En cuanto al artículo 99 de la Constitución, entiende que su reforma podría ser positiva, por ejemplo, «si es para ir en la línea de lo que sucede en el País Vasco, donde la investidura de lendakari se realiza sobre el candidato más votado si no hay ese consenso. Con la CE podría hacerse algo similar».

En esa reforma, sostiene al respecto Freixes, también podría ir en la línea de «establecer antes el período de dos meses desde el que se empieza a contar el plazo para que un candidato logre la investidura».

El papel del Rey

En cambio, otorgar más competencias al presidente del Congreso para conducir para conducir las negociaciones que faciliten llegar a las rondas de consultas de los partidos con el Rey con un candidato que, a priori, cuente ya con los apoyos necesarios, es algo para lo que no existe «norma habilitante alguna», por lo que para darle más poder en la propuesta de un candidato «habría que reformar, como mínimo, el Reglamento del Congreso, y quizás también la Constitución porque se le privaría al Rey de esa competencia que tiene».

Enrique Arnaldo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos I, parte de la premisa de que «se ha querido responsabilizar al artículo 99 de la Constitución de la escenificación por dos veces, casi consecutivas, del fracaso del proceso de investidura del presidente del Gobierno». En su opinión, el problema no deriva del procedimiento –que es lo que contiene el artículo 99–, sino en el papel que tiene el Rey, «que no es, en modo alguno, actor del proceso pero al que algunos parecen requerir una posición más activa e incentivadora, que el constituyente, probablemente con acierto, no quiso».

Junto a ello, Arnaldo entiende que se podría abordar un «retoque» del citado precepto constitucional «cuando se den las circunstancias», y la fijación de una fecha, no lejana a la constitución de las Cámaras, «a partir de la cual empiece a contar el reloj de los dos meses pues contraviene la lógica que deba encontrarse un candidato, por más que no cuente con apoyos suficientes, que se someta a la votación para que se inicie» ese plazo. Y es que, en su opinión, el problema no está en el procedimiento establecido en el artículo 99 de la Constitución, sino, especialmente, en el sistema electoral y de partidos.

Por su parte Pablo Nieto, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Abat Oliva CEU, considera que el problema que se suscita no está en el texto del citado precepto constitucional; y, en cambio, donde sí entiende que hay espacio de mejora es «en la regulación de la investidura en el Reglamento del Congreso», el cual podría reformarse para «limitar la capacidad del presidente de la Cámara de dilatar el primer debate en función de los intereses de su jefe de partido».

No obstante, la conclusión a la que llega este constitucionalista es que en supuestos de fragmentación política como el actual «ninguna regulación puede suplir una cultura política que ponga el interés general por encima del interés del partido».