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El Tribunal Supremo archiva la demanda de paternidad contra el Rey Juan Carlos
Estima el recurso del Monarca porque hay una «insuficiencia de prueba»
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo estimó ayer el recurso presentado por la defensa del Rey Juan Carlos, así como el de la Fiscalía, contra el auto del pasado 4 de febrero que admitía a trámite la demanda de paternidad interpuesta por la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau contra el Monarca. La decisión ha sido adoptada por siete votos a favor y tres en contra y supone el archivo del mencionado auto de admisión, por lo que la causa queda definitivamente archivada. En la deliberación faltaron dos de los doce magistrados que integran el pleno, al encontrarse de baja por enfermedad. Uno de los magistrados que votó a favor de continuar con el proceso fue José Ramón Ferrándiz Gabriel, ponente de la causa. Por este motivo, el auto será redactado ahora, siguiendo el criterio mayoritario de la Sala, por el magistrado José Antonio Seijas Quintana. Por su parte, Ferrándiz hará un voto particular en el que explicará los motivos por los que, en su opinión, la demanda debería continuar tramitándose.
Los recursos aludían, tesis que ha sido compartida por la mayoría de la Sala, a que la demandante no había presentado lo que conoce como «un principio de prueba» y que hace referencia a las pruebas que deben incorporarse junto con la demanda y que están taxativamente recogidas en el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este sentido, junto con la demanda sólo se aportaba un acta notarial donde se recogían las supuestas relaciones sexuales mantenidas por el Rey Juan Carlos con la madre de la demandante en la Costa del Sol, fruto de las cuales habría nacido ella. Sin embargo, no se aportaba ningún dato que corrobore el contenido de ese acta notarial. Por este motivo, la Sala entiende que hay una «insuficiencia de prueba» para siquiera iniciar la tramitación de la demanda de paternidad, así como que no se ha cumplido con los requisitos exigidos por la ley.
Junto a ello, y como consecuencia de todo lo anterior, el Supremo rechazó igualmente el recurso que presentó la propia Ingrid Jeanne Sartiau contra el auto de admisión de la demanda, que no acogía la totalidad de sus pretensiones. De este modo, el Supremo acogía el contenido del escrito por el que la Fiscalía se oponía a la continuación de la causa y a la realización al Rey Juan Carlos de una prueba de ADN solicitada por la demandante.
Su abogado, Jaume Parerolls, anunció ayer mismo que recurrirá la resolución adoptada, una vez se conozcan los argumentos de la Sala.
Respeto de la Casa del Rey
Por su parte, y como es habitual la reacción por parte de la Casa del Rey ha sido: «Respeto por la independencia del Poder Judicial»; la misma respuesta que dio Zarzuela cuando el juez Castro imputó a Doña Cristina por el «caso Nóos», así como cuando el Tribunal Supremo admitió a trámite la demanda presentada contra Don Juan Carlos. Además, sostienen que este asunto concierne a la vida privada del padre de Felipe VI, por lo que cualquier manifestación pública le compete al Rey Emérito, según las citadas fuentes, informa A. G. Mateache.
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